lunes, 1 de abril de 2013

LO QUE NO SUCEDE EN LOS ESTADOS FEDERALES


Al menos en dos ocasiones oí a Rubalcaba  --durante su discurso en el debate sobre el estado de la Nación--   asociar el futuro del Estado Autonómico a “lo que sucede en los Estados federales”.

En los Estados federales suceden muchas cosas, tantas como países han optado por esa forma de organización territorial del poder. Por eso no existe un canon académico ni un modelo ideal de federalismo, más allá de unos rasgos básicos definitorios: presencia, junto a las instituciones generales del Estado, de entidades territoriales que participan en el ejercicio  del poder  legislativo, a través del que se toman principales decisiones para el gobierno de la sociedad. Garantía de que esa participación no puede ser alterada unilateralmente por las instancias federales y existencia de un órgano arbitral, de rango constitucional, para dirimir los conflictos competenciales que son inherentes a una forma compleja de división territorial del poder.

Sin embargo, en la España autonómica, que presenta nítidamente esos rasgos definitorios del federalismo,  se dan  factores sociopolíticos y  reglas jurídicas  que   -realimentándose entre sí-   empujan a nuestro sistema político en dirección opuesta a la de los federalismos contemporáneos más consolidados y amenazan con la propia desarticulación de España como comunidad política.

Porque coexistir con movimientos  que tienden a crear un Estado independiente a partir de alguna comunidad territorial integrada en una organización política federal, es bastante frecuente. Pueden ser, en ocasiones, la  expresión de la propia pluralidad humana característica de los países federales. Pero  que esos movimientos disfruten de unas reglas de juego que potencian notablemente su capacidad de actuación, en la misma medida que debilitan la de los factores de integración,  es un auténtico exotismo de la España autonómica que está convirtiendo su sistema político en inviable.

La principal de esas reglas de juego es un sistema electoral al Congreso que, como ha subrayado reiteradamente R. Blanco Valdés,  a la par que premia al bipartidismo, penaliza a los partidos   de ámbito estatal y electorado disperso, dificultando la presencia parlamentaria de terceras fuerzas que ayuden a completar la mayoría gubernamental. Y, a la vez,  concede un plus de representación a partidos locales, convirtiéndolos en árbitros de la estabilidad política, posición de la que obtienen ventajas presupuestarias y competenciales. Estas contrapartidas sin fin,  van mermando la capacidad de liderazgo del gobierno central  y el cumplimiento de su tarea fundamental: velar por los valores de unidad y solidaridad, garantizando un estatuto de ciudadanía común  y unas condiciones de vida similares  a todos los españoles.

Fruto de esa dinámica, el Estado de las Autonomías ha llagado a una frontera más allá de la cual empieza a no ser, no ya un Estado federal,  simplemente un Estado viable.

Por eso me llamó poderosamente la atención que Rubalcaba, después de poner énfasis en proponer federalismo   (“como sucede en los Estados federales”)  propusiera cambiar la Constitución para incorporar a ella algunas determinaciones de los Estatutos de Autonomía, que el Tribunal Constitucional ha declarado contrarias a la Constitución o las ha interpretado, para acomodarlas a la Constitución,  como disposiciones meramente programáticas.

Los sistemas federales contemporáneos han evolucionado marcadamente hacia un fortalecimiento del Gobierno federal, a costa del poder de los Estados miembros, cabalgando las tendencias a la igualdad de los ciudadanos y al desarrollo del Estado de bienestar. Eso es lo que ocurrió en Norteamérica, especialmente desde la invención del New Deal, reforzando “de modo absoluto los vínculos federales”, como sentenció el maestro García Pelayo. Y también en la  Alemania de los años sesenta y setenta del pasado siglo, al calor del establecimiento del Estado Social.

De forma que me resulta muy contradictoria  la apelación al federalismo para proponer abrir la Constitución de 1978 a  reglas sobre el reparto del poder entre el Estado y las Comunidades Autónomas que van en dirección confederal, es decir hacia un sistema político históricamente transitorio e impracticable.

De la misma manera que me han preocupado sus referencias a la Sentencia del  Tribunal Constitucional sobre el Estatut, en la misma onda que Pere Navarro en vísperas de las elecciones catalanas (El País, 21 noviembre 2012),  cuando calificó de “disparate democrático” que “unos jueces enmendasen lo que los ciudadanos ya habían votado”. El Tribunal Constitucional no goza de gran prestigio, al igual que otras instancias constitucionales, en buena medida por la agobiante interferencia partidista. Pero su función constitucional es precisamente esa, la de preservar las  decisiones fundamentales contenidas en la Constitución.

Se van instalando lugares comunes, incluso entre personas de gran responsabilidad política, completamente contradictorios con los principios de la democracia constitucional, que hace compatible el predominio de la mayoría y la preservación de las garantías de la minoría, plasmados en el acuerdo constituyente. Es la demostración de que los factores que ponen en cuestión el modelo constitucional van ganando en el terreno más decisivo, el de las ideas, imponiendo su relato.

Forma también  parte de ese relato el latiguillo de que la Constitución dejó el modelo territorial abierto. Lo dejó abierto sólo en parte, pero lo definió perfectamente en el aspecto fundamental: las competencias exclusivas del Estado fijadas en el artículo 149.1 y en otros preceptos. Y esas competencias coinciden con las de los poderes ejecutivo y legislativo  de los gobiernos federales de hoy en día.

 A partir de ahí, los límites del sistema autonómico  están trazados como para permitirle desenvolverse y desplegar sus virtualidades. Lo que ocurre es que ninguna Constitución se sostiene por sí misma si, en el propio escenario, juegan con ventaja quienes tienen como programa el desmantelamiento del sistema. Hasta el punto de imponer no sólo sus exigencias, sino hasta su propia versión de la realidad.

Eso tampoco sucede en los Estados federales de referencia que cuentan, además,  con un sistema de partidos, y con unas reglas de juego electoral, que facilitan una interpretación de lo que la Constitución dice  y de lo que calla, y una evolución del sistema político,  coherentes con los principios federales. Sólo así puede el Federalismo producir integración política, que es su razón de ser. Y la de cualquier Estado.

Por eso estoy convencido que la dificultad del Estado autonómico no radica en las imperfecciones de la regulación  constitucional, ni por tanto los esfuerzos principales para superar sus problemas deben concentrarse en la reforma de la Constitución.

Si hago estas referencias a Rubalcaba es  porque el PSOE ha desempeñado el papel central en la consolidación de la España democrática, la España de las Autonomías, al que no puede ni debe renunciar.

sábado, 2 de marzo de 2013

RECORTAR EL 20% O LA PERVERSIÓN DE LA LEY


Decididamente hay cosas que no tienen arreglo  o gente que no tiene remedio.

Durante la pasada legislatura del Parlamento de Canarias, los socialistas denunciamos el uso fraudulento que Coalición Canaria hizo del Parlamento, del procedimiento legislativo y de la Ley, como  norma jurídica de carácter general aprobada por los representantes de los ciudadanos para regular los aspectos más relevantes de la vida social.

Me refiero, particularmente, a cómo aprobaron mediante Ley el Catálogo Canario de Especies amenazadas, con la finalidad de burlar los derechos de participación y de acceso a la justicia de los ciudadanos en la elaboración de normas sobre el medio ambiente, consagrados desde el Tratado de Aarhus por normas europeas y españolas.

Simplemente porque no está regulada la intervención ciudadana en el procedimiento legislativo, aunque debiera estarlo  al menos en materia  medioambiental, y porque una Ley no es recurrible por los ciudadanos ante los tribunales ordinarios,  sino sólo ante el Tribunal Constitucional.  Y  para ello los ciudadanos no están legitimados, sino determinados órganos políticos y un número elevado de parlamentarios de las Cortes Generales.

Nunca pensé que ese fraude fuera a sentar escuela y menos participando en el Gobierno canario algunas personas pertenecientes al PSOE. Pero ha ocurrido. Y, por si fuera poco, mejorando a peor la felonía.

La utilización de la Ley de Presupuestos de 2013 para decretar una reducción del 20% del horario y del salario a más de 3.000 trabajadores públicos es una ruindad.

 Es evidente que violan el principio constitucional de igualdad, diseñando arbitrariamente un colectivo, formado por empleados públicos cuya relación jurídica con la Administración presenta mayores diferencias entre sí  que con la de  trabajadores  a quienes no se van a  aplicar dichos recortes (por ejemplo, trabajadores fijos y trabajadores indefinidos, cuyo vínculo laboral no presenta diferencias según la legislación laboral), para aplicarles una modificación ilegal de condiciones sustanciales de trabajo.

Han introducido un precepto de Derecho laboral en la Ley de Presupuestos, por cierto mediante enmienda parlamentaria, para evitarse incómodos informes jurídicos sobre la constitucionalidad de esa medida si la hubieran incorporado al Proyecto de Ley de Presupuestos, sabiendo perfectamente que Canarias no tiene competencias legislativas en materia de relaciones laborales, competencia exclusiva del Estado. Y lo han hecho para intentar derogar, pues quedará en un mero intento, garantías y derechos  reconocidos en Leyes estatales y europeas. Pero sólo a un colectivo de trabajadores en el que se incluyen a unos  y  se excluyen a otros de forma absolutamente arbitraria. Pero de todo ello  darán buena cuenta en sus demandas los abogados de los trabajadores discriminados.

Esta maniobra refuerza  la herencia  de las peores prácticas de los Gobiernos que los canarios hemos tenido que sufrir   -- como decía Juan Fernando--  durante demasiado tiempo:

Al aprobar mediante Ley esta medida discriminatoria no sólo invaden competencias legislativas del Estado; no sólo atacan el derecho constitucional de igualdad y los derechos laborales  de esos 3.000 empleados públicos, sino que pretenden defraudar el  derecho a la tutela judicial efectiva, que es el derecho que sirve de escudo protector de  todos los demás derechos fundamentales.

El derecho a la tutela judicial efectiva  es en realidad un conjunto de garantías procesales: al Juez predeterminado por la Ley, a un pronunciamiento sobre el fondo de la demanda, a una justicia sin dilaciones, entre otros.

Los maquiavelos que han urdido esta estrategia creen que, como la medida la asientan en una Ley, los tribunales ordinarios no podrán pronunciarse sobre ella, ni podrá haber una Sentencia hasta que el Tribunal Constitucional resuelva el incidente de inconstitucionalidad   que tal vez los abogados laboralistas plantearán cuando gobierno utilice el paraguas que él mismo ha construido: que  éste recorte de horarios y salarios  hay que aplicarlo porque lo impone una Ley ,la Disposición Adicional 57ª de la Ley de Presupuestos 2013 de Canarias).

Todo se alargará, la medida continuará aplicándose y el Gobierno habrá impuesto y mantenido esta discriminación por la vía de los hechos consumados, logrando una auténtica denegación de justicia.

Sin embargo, en mi opinión esta maniobra tiene las patas cortitas. Me explico.

Creo, en primer lugar, que esta medida hay que atacarla por la línea de flotación de la propia maniobra: invocando el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, que el Gobierno pretende burlar, para que sea la jurisdicción laboral y sus órganos judiciales en Canarias, es decir el juez predeterminado por la Ley, quienes  resuelvan.

El fundamento para lograr este pronunciamiento en tiempo (judicial) real es la cláusula de prevalencia del Derecho estatal, del artículo 149.3 de la Constitución española, que sí pueden, y por  tanto deben,   aplicar los jueces y tribunales cuando hay un conflicto entre Leyes estatales y autonómicas, a menos que la materia sea de competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma.

En efecto: en mi opinión, el Gobierno de Canarias intentará hacer valer algún título competencial, como el de su potestad para organizar la Administración Pública canaria, para explicar por qué colaron esta medida en la Ley de Presupuestos. Entonces se hará evidente  la contradicción  entre el recorte discriminatorio del 20% de horario y salario, con la legislación laboral del Estado que debe ser aplicada por el Juez con carácter prevalente.

Y, por si fuera poco,  los jueces españoles deberán  aplicar al caso    --porque, según el Tribunal de Justicia Europeo es de aplicación directa--  la Directiva  199/70 CE, Cláusula Cuarta, que prohíbe medidas discriminatorias contra los trabajadores temporales,  que tiene primacía  sobre el derecho de los Estados miembros  (Comunidades Autónomas incluidas),  según un principio completamente consolidado en el proceso de construcción del ordenamiento jurídico europeo  desde la ya legendaria Sentencia  del caso Costa/ENEL.

Estamos presenciando, en vivo y en directo, una vuelta atrás. No de años, sino de siglos. Lo que el Gobierno ha intentado con una maniobra propia de la catadura de algunos, es envolver en la autoridad de la Ley un mero acto de gobierno, un acto discriminatorio, una derogación  singular de derechos laborales contra un colectivo fabricado caprichosamente.

Es la eterna tensión entre el poder  del gobernante y el imperio de la Ley, que se intentó resolver para siempre con el principio de igualdad ante la Ley y la prohibición de Leyes singulares, es decir con el establecimiento del  Estado de Derecho.

Es desmoralizador  e indignante contemplar cómo algunos  se atreven a salpicar las siglas del PSC-PSOE con estos manejos.

martes, 19 de febrero de 2013

Entrevista a Santiago Perez



“La Monarquía necesita que sus titulares se homologuen a la realidad de los tiempos”

“El Jefe del Estado no ha estado a la altura en los últimos tiempos”

“La corrupción tiene nombres y apellidos: yo la denuncié y pagué un alto precio por ello”

“Algunos alcaldes han utilizado una victoria electoral como una sentencia absolutoria”


“Los consensos constitucionales están siendo considerablemente derogados y modificados en contra de los intereses de los españoles”


“La indefensión, la orfandad, la vejez, el paro y la contratransición aleja a los españoles del sistema democrático”


“Condenamos a nuestros jóvenes a la emigración y a la angustia que produce una determinación de esas características”


“La Comunidad Autónoma tiene trucado su sistema electoral para impedir la alternancia”


“La Constitución define bien el Estado de las Autonomías, pero un Estado no es un juego de niños”


“La inviabilidad de España es un asunto muy serio: yo soy canario y creo que a Canarias le conviene formar parte de España”



lunes, 4 de febrero de 2013

Sombras nada más

“La sombra de la sombra de un indicio manipulado no puede servir para que cualquier español pierda la presunción de inocencia”. A esto se reducen, para Rajoy, las informaciones sobrecogedoras que han escandalizado a la opinión pública española.

Ésta es la premisa mayor, el espinazo, de toda la declaración que ha efectuado hoy el presidente del PP y del gobierno de España. Y es la que --de todas las afirmaciones que hizo-- la que peor resiste un contraste con la realidad.

Porque no hay sombra de ninguna sombra. Ni hay un indicio manipulado. Lo que hay son gravísimos indicios de movimientos de dinero y pagos ilegales que, lloviendo sobre otros indicios, apuntan al PP, a sus prácticas y a sus principales dirigentes.

Desde el punto de vista jurídico son indicios, consistentes y graves, que podrán convertirse (o no) en pruebas de cargo en el curso de un juicio contradictorio. Pero una cosa son las garantías jurídicas y la presunción de inocencia y otra, como estableció en su día Federico Trillo-Figueroa, las responsabilidades políticas.

El pago en dinero negro, si lo hubiera o hubiese, no figura nunca en la declaración de la renta. Por eso es negro: ni se declara su origen ni se dejan huellas de su destino. Y, si no, que se lo pregunte Rajoy a uno de sus ministros que pagaba sus vacaciones de alto standing con un puñado de euros que llevaba, no más, en el bolsillo.

Rajoy puede merecer más o menos fiabilidad. Pero no puede impedir que cualquier persona mayor de siete años contraste su afirmación, “sombras de sombras de un indicio manipulado”, con los datos siguientes:

Bárcenas, que está imputado en el caso Gurtel, ha reconocido que la cuenta de 22 millones de euros en Suiza es suya. Rajoy se ha limitado a negar que esa cuenta sea del PP (claro, figura a nombre de Bárcenas) y que nadie ha ordenado abrir una cuenta en Suiza. Porque si alguien hubiera dado a Bárcenas esa instrucción, no lo habría hecho por escrito.

Las anotaciones publicadas con la relación de los dirigentes sobrecogedores del PP corresponden, según peritos calígrafos, a Bárcenas. Por otro lado, algunos dirigentes del PP han confirmado la veracidad de algunas anotaciones.

Bárcenas no ha sido tesorero, durante largos años, de una ONG sino del PP. Y ha continuado pululando tan campante por Génova hasta la semana pasada.

¿Qué más indicios quieren?

La verdad judicial, que destruirá (o no ) la presunción de inocencia tiene su cauce, sus garantías y su ritmo.

Pero los acontecimientos políticos que están escandalizando a la opinión pública, dando la vuelta al mundo y dañando definitivamente la imagen de España y la credibilidad de las Instituciones democráticas, revelan indicios demoledores.

No son los medios informativos los que están dañando la imagen de España, sino los tejemanejes del PP que se van descubriendo.

No usen en vano el nombre de España, por favor. Me recuerdan a aquél que trataba de esconder sus fechorías detrás del nombre de la leal e invicta ciudad de Santa Cruz de Santiago de Tenerife.

En la política americana se ha acuñado el término revolving door (puerta giratoria) para aquellos personajes alternan cargos en el gobierno y puestos en las entidades financieras, saltando de unas responsabilidades a otras sucesivamente, en un constante d´ir y venir.

La imaginación ibérica es inagotable. Si estas noticias se confirman, los sobrecogedores habrán estado desempeñando cargos políticos y a sueldo de determinadas empresas sin moverse del despacho oficial. ¡Agüita!.

jueves, 31 de enero de 2013

CORRUPCIÓN, ESA VIEJA AMIGA

Uno de los axiomas de la  versión más cínica y pesimista  de la condición humana  afirma que toda persona tiene un precio y que todo consiste en averiguarlo y pagarlo. Puede ser que muchos tengan  (o tengamos) un precio. Pero ni todos, ni siempre. Y ésta es la razón de la esperanza.

Me quedo perplejo del descaro con el que algunos, por ejemplo el presidente del Gobierno de Canarias, hacen estos días un llamamiento  contra la corrupción. Es fácil hacerlo. Las gentes del mundo hispano somos muy dados a enarbolar grandes ideas y proclamas así, en abstracto. Tanto como proclives a hacer la vista gorda cuando  un caso de corrupción tiene protagonistas a nuestros allegados políticos, amistades…Pero es entonces, precisamente entonces, cuando la tolerancia cero contra la corrupción tiene su test, su prueba de esfuerzo.

Lo mismo ocurre con quienes aspiran, en el rinconcito más secreto de su corazón, a codearse con los poderosos, a ser considerado “alguien” por los círculos más influyentes del dinero o del poder.

Es fácil denunciar la corrupción en abstracto o rasgarse las vestiduras ante escándalos de corrupción  aflorados en otros lares. Tanto como difícil es combatirla cuando la corrupción tiene señas, caras, datos…que corresponden a personajes del  medio donde uno vive. Siempre lo es porque son personas, uno los conoce, o a sus familias, y sabe que va a tener que convivir con ellos. Y más difícil aún si manejan resortes de poder o de influencia en la opinión pública, que pueden usar para lograr la impunidad o, simplemente, para vengarse.

Es cierto que, desde el punto de vista personal todos tenemos derecho a la buena reputación. Y, desde el punto de vista jurídico, a la  presunción de inocencia: a no ser condenados sin un juicio justo y sin pruebas. Pero quienes  desde las responsabilidades de gobierno  defraudan lo hacen con alevosía, porque se convierten en agresores de lo que han jurado defender: el bien común, los intereses públicos, que quedan  así completamente inermes, indefensos.

 La desmoralización que produce entre los ciudadanos la comprobación de indicios serios de corrupción en las Instituciones es incalculable, como lo es el deterioro del prestigio de la actividad política. Por eso la presencia en la vida democrática de personas sobre las que recaen graves  indicios de corrupción es injustificable. Y produce a la democracia, más que a ningún otro sistema político,  un efecto devastador.
Las utopías autoritarias, de cualquier signo, han coincidido en proponer que la finalidad del sistema de gobierno es transformar la condición humana, crear el nuevo hombre. Al socaire de ideal se han cometido las más graves agresiones a la libertad y a la dignidad humana.

Por el contrario, las concepciones de matriz más liberal y linaje anglosajón se han contentado con algo más práctico: proveer al sistema de gobierno de garantías eficaces frente a los defectos más frecuentes de la condición humana, como la violencia, la corrupción, el abuso de poder…

Y como ninguno estamos definitivamente vacunados contra la corrupción y los placeres que el dinero proporciona, lo más saludable para una sociedad es que existan mecanismos para prevenirlos o sancionarlos: independencia de los jueces y, sobre todo, la existencia de una opinión pública libre y la posibilidad real de echar a un mal  gobernante mediante el voto. Por eso los corruptos, desde la antigüedad hasta hoy, siempre reaccionan igual: presionando a los jueces y tratando de  secuestrar  (o lográndolo  efectivamente) la libertad informativa.

¿Les suena a algo? Pues si les suena, que quede claro: cualquier parecido con la realidad, con la de aquí, con la nuestra, la de Canarias, es pura coincidencia.

A pesar de los pesares, siguen teniendo a mi juicio plena vigencia las afirmaciones de Hermann Heller, en ¿Estado de derecho o Dictadura? (1929), en plena ofensiva del nazismo: “Sería erróneo creer que la corrupción sea más reducida en la dictadura que en la democracia. Justamente sucede lo contrario. También en este punto es el Estado democrático de Derecho mejor de lo que parece y la Dictadura  --al menos desde lejos--  parece mejor de lo que es”.

Santiago Pérez
La Laguna, 31 de enero de 2013, día del barcenazo

lunes, 21 de enero de 2013

La verdad del agua en La Laguna

En el Pleno del Ayuntamiento celebrado el pasado jueves, 17 de enero, el Gobierno Municipal --haciéndose eco de los intereses del socio privado de la empresa Teidagua, SA-- se negó a aceptar la enmienda del Grupo XTenerife, por la que se proponía el establecimiento de una tasa para el cobro a los usuarios del servicio de abastecimiento de aguas, alcantarillado y depuración, faltando a la verdad al tratar de escudarse en una Sentencia del Tribunal Constitucional, concretamente la Sentencia 185/1995, cuyo texto ni se aportó ni se leyó en el Pleno.

La enmienda rechazada pretendía que, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes sobre haciendas locales (LRHL, Texto Refundido) y sobre servicios de las corporaciones locales (D. de 1955, art. 155.3) los servicios públicos de recepción obligatoria por parte de los ciudadanos han de cobrarse por medio de una tasa, cuya recaudación no puede sobrepasar el coste real del servicio. La garantía para los abonados, que constituyen un mercado cautivo, es evidente: cualquier exceso a la hora de fijar la cuantía de la tasa, cualquier manipulación de los costes del servicio, constituyen graves responsabilidades jurídicas.

La Sentencia del Tribunal Constitucional 185/1995, confirmada por las Sentencias del propio Tribunal 102/2005, de 20 de abril y 121/2005, de 10 de mayo, coincide con el fundamento de la enmienda, ya que el Tribunal Constitucional confirma que ha de establecerse una tasa (y no un precio público, de regulación más flexible y con menos garantías para los ciudadanos, y menos aún un precio privado), cuando se trata de un servicio de recepción obligatoria (art. 20.1.B.a de la LRHL y art. 155.3 del Reglamento de Servicios).

En el Fundamento Jurídico 3. de esa Sentencia el Tribunal Constitucional define qué es un servicio de recepción obligatoria en los términos siguientes:

“que deberán considerarse coactivamente impuestas no sólo aquellas prestaciones en las que la realización del supuesto de hecho o la constitución de la obligación es obligatoria, sino también aquellas en las que el bien, la actividad o el servicio requerido es objetivamente indispensable para poder satisfacer las necesidades básicas de la vida personal o social de los particulares de acuerdo con las circunstancias sociales de cada momento y lugar o, dicho, con otras palabras, cuando la renuncia a estos bienes, servicios o actividades priva al particular de aspectos esenciales de su vida privada o social.”

Esta doctrina del Tribunal Constitucional ha obligado al Tribunal Supremo a rectificar su doctrina, como reconoce en la recientísima Sentencia 8074/2012, de 3 de diciembre, estimando un Recurso de Casación del Ayuntamiento de La Orotava, considerando que “Esta Sala mantuvo esta configuración hasta el 1 de enero de 1999, fecha a partir de la cual y en virtud de la disposición transitoria segunda, apartado 1, de la Ley 25/1998 , debería siempre considerarse una tasa, como consecuencia de las reformas introducidas a resultas de la sentencia del Tribunal Constitucional185/1995 , cuya doctrina ratificaron las sentencias del mismo Tribunal 102/2005, de 20 de abril , y 121/2005,de 10 de mayo . Por ello, en la sentencia Ayuntamiento de Ávila sienta un criterio, después ratificado en la sentencia Ayuntamiento de Alicante , conforme al que la prestación del servicio público municipal de abastecimiento de agua, de recepción obligatoria, siempre debe sufragarse a través de una tasa, cualquiera que sea su forma de gestión.”

La gestión del servicio de abastecimiento de aguas de La Laguna se lleva a cabo a través de una empresa municipal, Teidagua s.a., cuyo capital social pertenece mayoritariamente a los Ayuntamientos de La Laguna y de Tacoronte. No se ha efectuado por tanto ningún tipo de concesión de la gestión del servicio a una empresa o entidad ajena al Ayuntamiento, que conserva su autoridad para regular el régimen del servicio (Reglamento del Servicio), así como la aprobación del régimen y cuantía del pago del servicio por parte de los abonados.

Sin embargo, la Gerencia de Teidagua la ejerce el socio privado, Aquagest Promoción Técnica y Financiera de Servicios de abastecimiento de Agua, SA (Aquagest PTFAA, sa), perteneciente al Grupo Aguas de Barcelona (AGBAR), participada a su vez por Suez Environnement SA. Por el desempeño de la Gestión cobran el 4% de la facturación global de Teidagua (651.199 euros en 2011, último año auditado).

Además, Teidagua contrata la mayor parte de sus servicios con empresas pertenecientes al Grupo Aguas de Barcelona en una especie de circuito económico cerrado del que se excluye a empresas canarias y por unos precios establecidos al margen de la competencia. Los responsables de la Gerencia afirman que “corresponden a los precios normales de mercado”, sin más justificación. Canaragua, Aqualogy Supply, Aquagest Services, Pozos y Recursos del Teide, así como otras empresas vinculadas al Grupo Aguas de Barcelona han realizado un volumen de facturación neta a Teidagua durante 2011 de 5.005.836,94 Euros. Dentro de esos servicios, Aquagest factura a Teidagua 955.056,80 Euros.

En consecuencia, establecer una tasa obligaría a todos los responsables del Servicio de aguas de La Laguna a tener que demostrar rigurosamente el coste real del servicio, para poder fijar la cuantía de la tasa que se cobra a los abonados. Exactamente lo contrario de lo que viene ocurriendo hasta ahora, ya que a los vecinos de La Laguna se les viene cobrando por medio de la tarifa (cuya naturaleza y fundamento legal cuestionamos radicalmente) una cantidad muy superior al coste del servicio, pudiéndose “hacer negocio” a costa de un servicio esencial que disfruta de un monopolio de hecho y de unos consumidores cautivos, dado el carácter servicio de recepción obligatoria. De hecho, en el ejercicio 2011 se han repartido dividendos por valor de 1.641.156,01 Euros.

Santiago Pérez
Concejal de XTF en La Laguna

miércoles, 5 de diciembre de 2012

ONOMÁSTICA CONSTITUCIONAL


Este 6 de diciembre es la onomástica de una Constitución debilitada. Debilitada en su valor normativo, debilitada en su auctoritas, en su autoridad moral como símbolo de un gran pacto de convivencia entre las personas y los pueblos de España.

Siglo y medio después de la conferencia de Ferdinand Lassalle, el dirigente socialista que negó todo valor jurídico a las Constituciones de su época, afirmando que las cuestiones constitucionales son meras cuestiones de poder y que la capacidad reguladora de una Constitución no llega sino hasta donde coincida con las efectivas relaciones de poder existentes en un país, parece que volviéramos al punto de partida. Claro que la correlación de fuerzas no se mide hoy en términos de país, sino definitivamente en términos  globales.

El pacto constitucional, que fue un pacto político, está completamente agrietado, deterioradas las grandes decisiones que lo plasmaron en la Constitución, convirtiéndola  así en el centro de nuestro sistema jurídico, del orden político y del modelo de sociedad.

Dos episodios certifican este estado de cosas: las últimas reformas de los Estatutos de Autonomía y la Reforma constitucional exprés pactada entre Zapatero y Rajoy.

El Estatuto catalán abrió el camino a una reforma constitucional encubierta y a un nuevo desarrollo autonómico más allá de las fronteras de sí mismo. Durante el siglo XX los federalismos americano y  alemán han experimentado un fortalecimiento progresivo de las competencias de los órganos federales: el presidente y el Congreso de los Estados Unidos y el Gobierno y el Parlamento de la R.F.A.  

El trasfondo de ambos procesos ha obedecido a similares razones: planificación e integración económica, corrección de los desequilibrios territoriales, igualdad de derechos de los ciudadanos y despliegue de los mecanismos del Estado social.

Sin embargo, el diseño constitucional abierto de lo que ha acabado siendo el Estado de las Autonomías, la posición de partidos  nacionalistas en el fiel de la balanza de la mayoría , gracias a la sobrerrepresentación que les concede el sistema electoral, y su expresa prioridad: construir su nación (Cataluña, Euskadi…), negándole toda entidad a España como comunidad política, han acabado convirtiendo al Estado autonómico en un exótico sistema político cuyas normas reguladoras tienden a disolverlo y no a consolidarlo.

Me han sorprendido las reacciones ante la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto catalán. La última, la del líder de los socialistas catalanes, Pere Navarro, calificando de “disparate democrático que unos jueces puedan enmendar lo que los ciudadanos habían votado” (El País, 21-XI-12). Lo que, a lo peor sin saberlo, ha cuestionado ha sido el valor de la constitución como norma jurídica, como norma fundamental. Es simplemente retrotraernos a las discusiones parlamentarias de la Segunda República, olvidando que la democracia constitucional no consiste sólo en el poder de la mayoría, sino en las garantías de los derechos individuales y los de las minorías. Europa  ha tenido que sufrir demasiadas tragedias para acabar entendiéndolo.

El Tribunal Constitucional, cualquiera que sean las interferencias de un sistema de partidos completamente asilvestrado   --no más intensas, por cierto, que las que afectan a otros órganos constitucionales--, no podía hacer otra cosa distinta de lo que hizo: preservar la Constitución poniendo la raya alrededor de competencias esenciales del Estado; porque despojado de esas competencias, el sistema autonómico se convierte en otra cosa de tipo confederal, a la que resultaría identificarla incluso como Estado.

El otro acontecimiento que ha quebrado el consenso constitucional ha sido la Reforma Constitucional para consagrar la estabilidad presupuestaria y la absoluta prioridad de la deuda pública como reglas de oro en la actuación de los poderes públicos.

El contenido y la tramitación de la Reforma no cumplieron ni uno solo de los requisitos que el propio Gobierno estatal consideraba imprescindibles en su comunicación al Consejo de Estado, en marzo de 2005: que respondiera a demandas efectivas de la sociedad, que fuera fruto de un diálogo intenso y sostenido entra las fuerzas políticas y la sociedad, que respetara los equilibrios en que descansa la Constitución y que se tramitara cumpliendo escrupulosamente los procedimientos establecidos.

Pues bien: la Reforma de un artículo perdido afectaba --y el tiempo así lo demuestra-- a aspectos fundamentales del consenso y del texto constitucional: la cláusula del Estado social, legitimando la demolición de servicios públicos y programas sociales; la autonomía de nacionalidades y regiones (y la de las entidades locales) ahora intervenidas al socaire del nuevo artículo 135 y de la Ley Orgánica de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera que lo desarrolla; y la democracia pluralista, pues la ortodoxia neoliberal hecha Constitución permite cambio de gobiernos, pero obstruye la alternancia de políticas.

 Muchos pensamos que el procedimiento de Reforma fue un fraude constitucional: se tramitó como una reforma menor un cambio que dejaba tocado el núcleo duro, el especialmente protegido, el que plasmaba el acuerdo de la Transición. Se sofocó, gracias a la disciplina partidista, hasta la petición de someterla a referéndum.

La situación tiene arreglo, un arreglo imposible si no se  parte de un diagnóstico acertado. Mi diagnóstico es que la Constitución, y el sistema jurídico, social y político que en ella se sustenta está entrando en crisis, el acuerdo constitucional roto.

La solución debe ser política, o no será. Y debe partir por restablecer el consenso primordial: “España se constituye…”, porque tiene entidad propia como  comunidad política  para sustentar un Estado. Es imposible recomponer un proyecto común entre quienes aceptan esa premisa y quienes simplemente la niegan.

Ni afirmo que España sea una Nación, ni niego que algunas Comunidades territoriales lo sean. Esa es una discusión ideológica y, además, interminable.

Esa comunidad debe contar con Instituciones que garanticen las libertades individuales, la igualdad esencial de sus ciudadanos en el ejercicio de sus derechos y en sus condiciones de vida y el respeto a un pacto de convivencia entre los pueblos de España basado en el derecho al autogobierno y en la solidaridad.

Esa es la base de la Constitución, la que permitió aprobarla en un clima de grandes apoyos, consolidar su vigencia y su aplicación e irla convirtiendo en un símbolo colectivo. Justo lo que deberíamos estar celebrando, pero no está el ambiente para fiestas.  Ahora toca reconstruirla. Y nos jugamos mucho en la tarea.

martes, 6 de noviembre de 2012

… Y EL RESTO ES CASTILLA

En el intenso debate desencadenado por la reclamación de soberanía por amplios sectores de Catalunya, hay una especie de punto de coincidencia, una especie de premisa compartida en las tres orillas, porque son tres, catalanista, federalista y españolista, con todo tipo de variables y sincretismos entre ellas. Esa premisa consiste en aceptar que el resto de España es un paisaje monocorde, estático, como fosilizado.

Por eso se emplea, con ciertas connotaciones peyorativas, el slogan “café para todos”, referido al proceso de extensión de la autonomía a todas las comunidades territoriales de España y a su paulatina equiparación competencial.

Por un lado estarían Catalunya y Euskadi, todo lo más Galicia… y por otro el resto, bajo el manto rapaz, mesetario, intransigente de Castilla.

Seguramente el acontecimiento que determinó el rumbo del Estado Autonómico, antes de que se le diera ese nombre, ocurrió un mes de febrero. Febrero 1980, Andalucía. Los andaluces recorrieron con éxito una imposible carrera de obstáculos: la vía del 151 de la Constitución, un camino de fosos y de alambradas que disuadiría a cualquier polizón territorial de subir al navío de las nacionalidades históricas. Esto trastocó algunas cosas del acuerdo constituyente. El propio PSOE acabó liderando la reivindicación andaluza, cuyas exigencias fueron bien vistas por buena parte del “resto de España”, donde empezaban a anidar actitudes identitarias e, inevitablemente, igualitaristas.

El factor andaluz ha condicionado cualitativamente más el desarrollo autonómico que los Pactos Autonómicos entre UCD-PSOE (1981) y PSOE-PP (1992), no sólo por la importancia territorial y poblacional de Andalucía sino por su valor simbólico.

Después de que las Comunidades de “primera” ya no iban a ser sólo tres, las históricas, qué hacer con el modelo de Estado, cómo iba a funcionar un patchwork mitad federal, mitad unitario, cuánto iba a costar. Qué iba a ocurrir con el País Valenciano o con Aragón, de heráldica y tradiciones constitucionales compartidas con Catalunya. ¿Iban a resignarse a ser parte de la España-resto? ¿Hasta dónde llegaría un más que previsible deseo de equipararse?¿Y Navarra, con una compleja relación con los territorios vascos y, además, bien provista de credenciales históricas?¿Y Canarias, donde de los rescoldos de la UCD que, con una hegemonía electoral abrumadora durante la transición boicoteó cualquier amago cientocincuentayunista, surgió un nacionalismo inédito, alentado por sectores sociales que habían transitado el franquismo entre el confort y la complicidad?¿Y la dura Extremadura, hermanada desde siempre a Andalucía en injusticias y olvidos?.

Castilla, es cierto, fue el centro de la Monarquía española, la principal protagonista de su poder, sus éxitos y desvaríos, pero también la víctima. Su intensa participación en la “Reconquista”, primero, y la temprana rebelión de sus ciudades contra el naciente absolutismo, tras su aplastamiento en Villalar (1521), fueron las grandes excusas para acrecentar el poder de sus Reyes y acabar con sus viejas constituciones medievales. Fue Castilla protagonista y víctima. Cuando Olivares, en el Memorial Secreto, aconsejaba a Felipe IV extender el Derecho de Castilla a otros reinos, no proponía extender el poder castellano, sino el poder de la Corona ya consolidado en el gobierno de aquel reino (Tomás y Valiente). Castilla estaba diezmada de hombres y de riquezas cuando la rebelión catalana de 1640. Por eso, para recuperar Cataluña, la Corona tuvo organizar su ejército apelando a la aristocracia (J. Lynch, Los Austrias), a los mecanismos del Medioevo, después de siglo y medio de absolutismo monárquico.

No pretendo bosquejar una gran panorámica histórica, tarea que estaría fuera de mi alcance y no sólo por falta de espacio. Quiero, simplemente, dar a entender que los datos históricos dan para mucho y dan para todos los territorios, a la hora de hilvanar un relato identitario.

Cuando los Estados Unidos emprendieron la senda imperialista, a fines del XIX, dándole el puntillazo a los restos fantasmales del primer Imperio de la Edad Moderna en el Caribe y en Filipinas, el Gobierno americano tomo la decisión de despachar también una flota “emancipadora” en dirección a Canarias (Phillip S. Foner, La Guerra hispano-cubano-norteamericana y el nacimiento del imperialismo yanqui, Akal). La percepción de Canarias desde la potencia emergente era inequívoca. Sin embargo, las clases dirigentes y el pueblo de las Islas renovaron en las más diversas difíciles circunstancias su condición española, incluso cuando su economía estaba casi plenamente integrada en los circuitos del Imperio Británico. Pero los intereses y las circunstancias pueden cambiar tradiciones y acendrados sentimientos. Y, a veces, a velocidad de vértigo. La emancipación de la América Española está llena de ejemplos.

Quién no tiene en la cabeza múltiples ejemplos de países a los que su conciencia nacional no les ha llevado a reivindicar un estado independiente. Y, al contrario, a países a los que las circunstancias convirtieron en Estados de la noche al día, cuando apenas balbuceaba una conciencia colectiva. La Declaración de Independencia de las Trece Colonias destila indignación porque a los colonos no se les respetaran sus derechos como ingleses, pero muy pocos ecos nacionalistas. J. Lynch, casi caricaturizaba el súbito viraje independentista de la aristocracia peruana, preocupada “no de la supervivencia del dominio ni de la consecución de la independencia, sino del grado de poder y de control que pudiera tener en cualquier régimen” (Las revoluciones hispanoamericanas 1808-1826).

Respeto a Catalunya, a los catalanes, las aspiraciones que tengan. Disiento del nacionalismo catalán y del castizo, del canario, de cualquier nacionalismo. Los derechos democráticos de un pueblo no son ni un patrimonio, ni un mero efluvio de ideología nacionalista. Pero no me puedo hacer una idea de España sin ninguno de los pueblos que la formamos, después de una historia llena de azares, como toda historia. Y de tragedias, de las que algo nos podría haber aliviado la divina providencia. Historia compartida, al fin y al cabo, a través de la que hemos llegado a ser lo que somos.

Ni creo que si Catalunya emprende su propio camino, todo lo demás quedará como está. Y no pienso sólo en Euskadi.

Ni veo, en el caso de que Catalunya adquiera un status especial, que se vaya a resolver su encaje en España. Porque siempre estarán los nacionalistas, a los que la integración en España dejaría sin el leit motiv de su forma de entender las cosas, de su propia razón de ser.

¿Alguien cree, además de los nacionalistas catalanes y algunos federalistas bienintencionados, que el tan denostado, castellano y agresivo Estado va a meter en cintura a los demás pueblos de España cuando cunda entre las restantes regiones y nacionalidades el ejemplo catalán, ya tome la vía de la separación o la de una concertación bilateral con el “Estado”?. No será, supongo, aplicando una Constitución ni unos poderes a los que constantemente se deslegitima.

G. Jellinek, en su Teoría General del Estado, afirmaba que “…el Derecho no tiene jamás fuerza para determinar en los momentos críticos la vida del Estado, la dirección de su camino”. La Transición dio de sí la Constitución porque había un acuerdo lo bastante amplio en la sociedad española, cuyo primer paso era reconocerse a sí misma en su unidad y su diversidad. Por eso fue posible disuadir a quienes, con mucho poder en el Estado y en sus márgenes, se oponían a un proyecto diferente al de la España de siempre.

Aquél acuerdo está agrietado, erosionadas sus grandes vertientes, la democrática, la social, la territorial, las que sumaron adhesiones de personas, clases y territorios alrededor de una nueva forma de convivencia. O se reconstruye un gran acuerdo, a partir de los valores que fundaron la Constitución de 1978, o todo quedará expuesto a la “relación real entre las fuerzas”, empleando una frase de Jellinek de resonancias lassalleanas. Mal asunto en los tiempos que corren.

miércoles, 17 de octubre de 2012

BABELIA FEDERALISTA

Si en los últimos tiempos el lenguaje político está siendo pervertido, incluso en aquellos asuntos como los tributarios o los servicios públicos que están mucho más cerca del ciudadano de a pié (he visto emplear “ajuste” tanto para enmascarar una denostada subida del IVA, como para ocultar continuos recortes en sanidad, educación o programas sociales), cuánto no se podrán manipular las palabras en asuntos-sólo-para-iniciados como es el de la organización territorial del Estado o la financiación autonómica.

El término Estado Federal ha batido todos los records: hasta los analistas mejor intencionados llaman federalismo a lo que no es. Y menos a la vista de su evolución contemporánea en la que no han cesado de reforzarse las instancias federales para afrontar situaciones de crisis, asegurar la unidad de mercado y la cohesión económica, la igualdad de los ciudadanos ante el Estado Social… Si empleamos los mismos términos para referirnos a cosas distintas, y hasta contradictorias, se forma una babelia intransitable.

Se escuchan condenas inapelables sobre el error del café para todos. La Constitución no podía establecer nada diferente a la igualdad básica de ciudadanos y territorios, si lo que quería era establecer un Estado. Y, además, democrático y social. Ni hay argumento basado en identidades ni en relatos míticos que pueda arropar, a fin de cuentas, un principio de desigualdad. El denostado café para todos, que salía al paso de los intentos de sustentar en los hechos diferenciales la exigencia de más y mejor autogobierno para unas comunidades territoriales, fue la constatación de una realidad insoslayable: que eran aceptables tratos diferentes, pero no preferentes. Por eso el régimen financiero vasco y navarro genera tantas suspicacias en Catalunya y en las demás comunidades autónomas. Su generalización reduciría a la impotencia a las instituciones estatales.

Son habituales --en los análisis de la situación catalana-- las descripciones de este contencioso de quienes se colocan en la equidistancia. Para ello tienen que redibujarlo como un conflicto simétrico entre una Catalunya incómoda e incomprendida y una España (mejor, un Estado) cicatera y mesetaria. Una España que sigue siendo Castilla.

He comprobado cómo colocan reiteradamente al Tribunal Constitucional en una posición insensible y beligerante frente a las aspiraciones de Catalunya y su deseo de conformar una España en la que pueda encajar. El Tribunal Constitucional, en ese cuaderno de agravios, habría frustrado las expectativas puestas en la Reforma Estatutaria, a pesar de que estaba avalada por “cuatro instancias democráticas: Parlement, Congreso, Senado y por el pueblo catalán en referéndum”.

El Tribunal Constitucional ha de enjuiciar las decisiones de los órganos supremos que protagonizan el proceso político y con efectos colectivos espectaculares (G. Enterría), pero ha de hacerlo aplicando el método jurídico y extrayendo del Texto Constitucional los criterios de decisión de sus Sentencias.

Por eso, lo que pretenden dejar sentado esas voces acusadoras es que el Tribunal Constitucional sobra, porque sobraría si no pudiera contrastar las reformas estatutarias o cualquier otra Ley, aprobadas necesariamente con grandes avales democráticos, con el modelo diseñado por la Constitución para la ordenación territorial del poder con el objetivo de integrar una realidad plural. Ese modelo es abierto, ma non troppo, ya que la Constitución sí que define los instrumentos que corresponden al Gobierno y al poder legislativo estatal para que puedan desempeñar sus tareas de dirección política, generando constantemente integración política, solidaridad y, al tiempo, respeto a la pluralidad.

Cuando el Tribunal Constitucional examinó el nuevo Estatut tenía que valorar jurídicamente el alcance tanto de los poderes que adquiría la Generalitat en materia de financiación, como de los compromisos que se imponían al Estado en materia presupuestaria y de inversiones. Entre otras muchas razones porque los condicionamientos en estas materias vacían de contenido la vertiente esencial de la función estatal de dirección política. Y, sobre todo, porque implican la metamorfosis, sin marcha atrás, de un modelo de inspiración federal en otro de tipo confederal. Confederalismo es levedad, e impotencia, de las instancias comunes. No es donde debe ir España, sino de donde debe salir la Unión Europea.

De la misma manera, el Tribunal Constitucional debería tener la oportunidad de enjuiciar el Capítulo IV de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, especialmente cuando establece la obligatoriedad para las Comunidades Autónomas, cuyos órganos ejercen el derecho al autogobierno y tienen legitimidad democrática, de las medidas propuestas por una “comisión de expertos”. O la tosca aplicación de la coacción federal (art.155 de la Constitución) por parte de un Senado completamente alejado de cualquier perfil de Cámara Territorial. No se le puede pedir que ejerza sus prerrogativas más duras, en garantía del sistema autonómico, a una Cámara que no ha desarrollado ni remotamente la condición de Cámara de representación territorial.

Los preceptos constitucionales no son un arsenal de armas que están ahí, disponibles para utilizarlas cuando convenga. Cuando las normas constitucionales son instrumento directísimo de Gobierno, como es el caso, su manejo ha de ser prudente, contextualizado, pendiente de la letra y del sentido. Un Senado como el actual no añade ningún plus de legitimidad a medidas coactivas sobre las Comunidades Autónomas. Simplemente porque en la formación de la voluntad del Senado, que una vez definida es voluntad estatal y no representación corporativa de las Comunidades Autónomas, éstas no influyen en nada. Y mucho menos cuando se trata de medidas de origen democráticamente cuestionable --propuestas por una comisión de expertos “de negro”-- y al margen de que los incumplimientos de las Comunidades Autónomas de los “planes de ajuste” o de los “planes económico-financieros”, que serán la contrapartida por solicitar recursos del Fondo de Liquidez Autonómica, sean intencionados, por negligencia o inevitables.

El Senado, del que algunos se acuerdan ahora, no tiene sitio, no puede desarrollar una función constitucional útil, ni en los asuntos autonómicos, porque ese espacio está ocupado por el Congreso. Nadie tiene el menor interés en trasladar el debate competencial o sobre financiación autonómica a la Cámara Alta mientras el sistema electoral conceda una presencia reforzada a los partidos nacionalistas en la Cámara Baja y puedan plantear aquí sus exigencias amagando contra la estabilidad del Gobierno.

Los Tribunales encargados de velar por la Constitución son conscientes de la trascendencia política de sus decisiones. No será la primera vez que el ambiente de tensión política creado por una Sentencia les haya llevado a hacer un alto en el camino, antes de reemprender una nueva línea jurisprudencial que haya despertado grandes resistencias conservadoras.

Ciertos desarrollos de los principios constitucionales sobre igualdad de derechos pueden irse acompasando, a medida que van obteniendo el respaldo de amplios sectores de la ciudadanía; pero vaciar de contenido los instrumentos de gobierno de quien tiene que velar por el equilibrio unidad-pluralidad-solidaridad es un cambio no reversible de los principios y herramientas que sustentan el proyecto de España suscrito en 1978.

No va a ser fácil encauzar una situación que va adquiriendo vuelo propio y que siempre contará con voluntarios dispuestos a complicarla. Es lo que pasa cuando se sustituye el terreno de la razón por el de la mitología y los sentimientos.

martes, 16 de octubre de 2012

miércoles, 26 de septiembre de 2012

LA TISANA FEDERAL

La reclamación de Independencia por parte de amplios sectores de la sociedad catalana ha hecho reverdecer múltiples proclamas federalistas. Se da un cierto paralelismo entre la identificación de la fórmula magistral que curará todos los padecimientos de Cataluña, la independencia, y la infusión federalista que resolverá el encaje de esa comunidad territorial en España. Dos actitudes, sendos sortilegios.

Se habla de transformar el Estado autonómico en un Estado federal que atienda la diversidad. Sin embargo, el federalismo es un sistema concebido para producir integración, de lo extenso o de lo diverso. Puede integrar diferencias, pero digiere mal la consagración de preferencias, que es lo que sugieren --como respuesta al envite catalán-- algunos ecos federalizantes.

La evolución del federalismo ha estado marcada por un fortalecimiento constante de los poderes de la Federación, a costa de los entes federados o Estados miembros. Afrontar situaciones de guerra, crisis económicas globales, fortalecer el mercado interior , corregir desequilibrios de renta y riqueza entre los territorios o desarrollar el Welfare State han sido, durante los siglos XIX y XX, coartadas tan eficaces para los Gobiernos federales como en su tiempo lo fueron la defensa de la Nación o la unidad religiosa para consolidar las Monarquías renacentistas, expropiando a los poderes feudales.

En estos ambientes federalizantes, pero casualmente también en los que claman por la independencia de Cataluña, hay una denigración generalizada de lo que llaman “café para todos”, como si la igualación sustancial del autogobierno de todas las comunidades Autónomas hubiera sido una mera ofrenda al españolismo más recalcitrante. Se olvida que la Constitución no estableció ninguna categorización entre nacionalidades y regiones sobre el calado de su autonomía y sí, por el contrario, definiciones muy precisas contra los privilegios económicos o sociales entre las diversas partes del territorio, o entre los ciudadanos por su pertenencia a las diferentes Comunidades Autónomas. Y no se toman en cuenta factores sociopolíticos de gran intensidad que han actuado a favor de la emulación y la equiparación competencial. Ni las dificultades de funcionamiento y los costes de mantener la estructura de un Estado unitario respecto a unos territorios y profundamente descentralizado en otros.

Vivimos una situación difícil en la que el lenguaje no está sirviendo para entendernos, a base de emplear las mismas palabras para decir cosas distintas.

Llamémosle como se quiera: Estado federal, Estado autonómico, federalismo asimétrico… lo que hay que discutir son estas tres cosas: si el Gobierno de España va a seguir disponiendo de las herramientas esenciales para ejercer la dirección política del país, o va a quedar sumido en una impotencia similar a la que la Unión Europea tiene que superar; si todos los entes territoriales, naciones, nacionalidades o regiones, van a disfrutar de un autogobierno similar en extensión y profundidad; si van a respetarse el principio de solidaridad territorial y las políticas y programas en que se materializa, dejando abiertos a la discusión y al acuerdo la cuantía y la evaluación de sus resultados; si va a ver una instancia arbitral, como en todos los federalismos, que resuelva los conflictos interpretando y aplicando la Constitución o restablecemos la dictadura rousseauniana de las mayorías.

Las diatribas contra el Tribunal Constitucional producen las coincidencias más pintorescas. Los argumentos son variaciones de la misma idea: con unas credenciales democráticas tan fuertes, la del Parlement, Congreso y Senado y el refrendo del pueblo catalán, la Reforma del Estatuto debió respetarse. Todas las normas que se someten al juicio de constitucionalidad tienen rango de Ley y, por tanto, los máximos avales democráticos y el Tribunal Constitucional debe fundar sus decisiones en la Constitución, en garantía de la supremacía de ésta y de las decisiones fundamentales que contiene. Y eso es exactamente lo que hizo al examinar el Estatut.

La Constitución definió perfectamente los instrumentos imprescindibles para que el Ejecutivo y el Legislativo estatales puedan hacerse cargo de la unidad y la solidaridad entre los pueblos de España. Si el Tribunal Constitucional hubiera confirmado sin reservas ciertos condicionantes sobre la política presupuestaria del Estado y ciertas competencias fiscales establecidas en la nueva hornada de Estatutos, habríamos entrado en un terreno confederal ajeno a las previsiones constitucionales.

Estoy convencido que una comunidad humana de base territorial que decida y persista en tener su propio Estado tiene derecho a conseguirlo. Es una cuestión de voluntad política y derechos democráticos. El derecho a la independencia no proviene de ningún pedigree, ni de una epopeya fundacional. Lo adquiere la voluntad decidida de un pueblo.

Un Estado no es un juguete. De su integridad o desmembración no se debe hablar con términos melifluos, como para restarle importancia. Estos asuntos, con la carga emocional que arrastran, se sabe cómo empiezan pero no cuándo ni cómo terminan, ni cuál es su precio.

Ahora bien: no se puede obligar a los demás pueblos de España ni a sus ciudadanos a aceptar un modelo de convivencia basado en la desigualdad de derechos, ni en sofisticadas teorías de la asimetría que, por cierto, no tienen base constitucional.

Cataluña tiene derecho a separarse. También a discutir el monto de la solidaridad, no el concepto. A partir de ahí, de la evaluación constante del sistema y de la exigencia de transparencia, podemos todos entendernos. A partir de la idea de que España no es una mera fórmula transitoria. Y a partir de la idea de que todos los ciudadanos y pueblos de España, sean cuales sean sus blasones, somos sustancialmente iguales en derechos y deberes.

jueves, 16 de agosto de 2012

LA LAURISILVA SE VE, EL SEBADAL NO

Canarias es tierra de paradojas, algunas siniestras. Estos días vivimos una tragedia, con destellos de un diabólico  ritual  de autoinmolación y hecatombe.

En este escenario, el gobierno de Canarias clama al cielo por la destrucción de los bosques de laurisilva, una reliquia del terciario de extraordinario valor biológico que forma parte de nuestro imaginario colectivo.

Sin embargo el presidente de  este  gobierno clamante, de composición tan pintoresca que hace que el consejero de hacienda   --con la que está cayendo--  sea, a la vez,  responsable de emergencias  y de  la lucha contra los incendios  y que cuenta con una consejería de medioambiente disociada de la de ordenación del territorio (y ambas asignadas a partidos distintos),  es el principal responsable de uno de los atentados más graves contra la biodiversidad del Archipiélago que registran los anales: la exclusión de los sebadales del catálogo de hábitats y especies con alto grado de protección, para construir impunemente  el Puerto de Granadilla.

La operación fue perpetrada con premeditación y alevosía. Hagamos memoria. En Canarias, para el stablishement  la memoria es subversiva. A finales de la pasada legislatura, mediante una Ley del Parlamento de Canarias, se modificó el Catálogo Canario de Especies Amenazadas reduciendo a una categoría de riesgo inventada ex profeso, que mal cubría la vergüenzas de una desprotección real, las praderas de cimodosea nodosa, los sebadales, un ecosistema de alta productividad en biomasa y oxígeno,  de gran importancia en la lucha contra el cambio climático, porque es un verdadero sumidero de CO2,  y de gran biodiversidad.

Aprobó el nuevo Catálogo por Ley  surgida  de una proposición de los grupos parlamentarios de CC y PP, ya que el Gobierno no se atrevió a presentar un proyecto de Ley, cuya tramitación en sede gubernativa  habría requerido incómodos  informes de los servicios jurídicos y técnicos de la Administración.

No se tramitó como Decreto, como  todos los catálogos estatales y autonómicoshabidos y por haber, porque esa tramitación habría requerido una fase de participación ciudadana, que es un derecho, desde que el Tratado de Aarhus fue incorporado a los ordenamientos europeo y español,  que se quería evitar a toda costa. Y porque una Ley no puede ser recurrida por los ciudadanos y  asociaciones ecologistas  ante los Tribunales y un Decreto sí. Es difícil  imaginar una degradación  mayor del  Parlamento y del propio concepto de Ley como principal instrumento de nuestro autogobierno.

El único cabo suelto, la interposición de un recurso de inconstitucionalidad por parte del PSOE (a lo que se comprometió solemnemente el gran Paco Spínola, plenipotenciario de los socialistas canarios) fue amarrado como una de las contrapartidas secretas del apoyo de Coalición Canaria a Zapatero.

El Tribunal  Supremo ha anulado una Orden de la Consejería de Medioambiente, dictada por Domingo Berriel la pasada legislatura,  que tenía la misma finalidad que el nuevo Catálogo: desproteger el sebadal para construir el Puerto de Granadilla. Y, ponderando los intereses económicos y mediambientales en juego en este espacio del Sur de Tenerife, ha dado prioridad a la protección de los recursos naturales y la biodiversidad.

A partir de esta Sentencia muchas voces se han alzado exigiendo la paralización de las obras del Puerto de Granadilla. Pero esa Sentencia no es suficiente jurídicamente. Precisamente la aprobación por Ley del Catálogo fue pura guerra preventiva contra la posibilidad de esta Sentencia anulatoria. Ahora bien: con esta Sentencia en la mano, hay que solicitar formalmente al Gobierno que paralice las obras. Y, cuando el Gobierno se niegue o dé la callada por respuesta, hay que pedir la intervención de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Entonces, el Gobierno se escudará en la Ley del Catálogo y ese será el momento de promover  la cuestión de inconstitucionalidad. De manera que lo que el PSOE pudo hacer y no hizo, llevar este gigantesco chanchullo ante el Tribunal Constitucional, puedan hacerlo los ciudadanos a través del poder judicial.

La descripción de toda esta maniobra, su finalidad de impedir el ejercicio de derechos de participación y de acceso a la justicia, y el objetivo final desvelado por la Sentencia del Tribunal Supremo: imponer intereses económicos a la preservación de un ecosistema amenazado  de extraordinaria importancia biológica, componen en mi opinión  un arsenal jurídico de gran consistencia.

En  el plano político la exigencia de suspensión ha de ser una constante. Por eso es tan meritoria la iniciativa de G. Llamazares ante el Congreso. Pero los autores e inductores de la agresión saben que sólo el Tribunal Constitucional  puede ponerlos en su sitio. Es verdad que llevará tiempo. Es algo que tenían perfectamente previsto. En realidad es la finalidad esencial de toda esta estratagema. Pero más tiempo se perderá cuanto más tarde en ponerse en marcha el camino hacia la jurisdicción constitucional. 

¿Cómo se explica que el Gobierno defienda la laurisilva y destruya el sebadal? Porque  la laurisilva se ve, la han cantado nuestros poetas y  los canarios la hemos incorporado a nuestros más delicados sentimientos.  Al sebadal  lo recubren someramente  las aguas  de la mar océana y no se ve. Y dice el dicho que ojos que no ven, corazón que no siente. Y ese dicho lo conocen todos los demagogos  de hoy y de siempre.

Paulino clama sin el menor rubor en defensa de la laurisilva y contra las prospecciones petrolíferas. José Miguel Pérez, consejero de medioambiente,  se limita a anunciar que prepara un nuevo catálogo con todas las bendiciones científicas. Para cuando lo presente, ya se habrán producido las mortíferas consecuencias del actual catálogo  de desprotección de especies amenazadas y la construcción del  Puerto de Granadilla, piensan, será irreversible.

Lo menos que se despachaba entretanto, para mantener un mínimo respeto a sus compromisos con los votantes socialistas, era haber presentado un proyecto de Ley de artículo único: queda derogado el Catálogo tramposo de 2010 y restablecido el  de 2001. Pero no lo han hecho y ni la Sentencia del Tribunal Supremo les saca los colores.

domingo, 5 de agosto de 2012

TELEVISIÓN PÚBLICA: RUBALCABA DENUNCIA, SPÍNOLA CONSIENTE

Contribuir a la formación de una opinión pública informada, garantizando el pluralismo y la veracidad, eran el santo y seña de la reforma del régimen jurídico de  la radio y la televisión de titularidad estatal realizada por el gobierno del PSOE, a través de la Ley 17/2006. Fue un gesto de  coherencia indiscutible. No es fácil que un gobierno renuncie a lo que venía siendo, y vuelve a ser, un gran aparato de propaganda.

La dependencia del Parlamento y no del Gobierno, la elección de su consejo de administración por mayoría reforzada, la supervisión de su actividad por una autoridad audiovisual independiente, la defensa de la independencia de sus profesionales y su participación (Consejo de Informativos)  fueron   ingredientes  para lograr la “neutralidad y objetividad” de los contenidos informativos, para que RTVE cumpliera una tarea de  servicio público indispensable en  una sociedad democrática.

Promover un cambio similar para la radio y televisión canaria  era, fue, un compromiso esencial de los socialistas   ante su degradación y manipulación  por los sucesivos gobiernos de Coalición Canaria y del  PP, que hoy se “abochorna”  ante la indecencia  de  su politización. Indecencia que no les frena en absoluto a la hora de perpetrar en Canarias el mismo asalto  a RTVE, la española, que están rematando estos días.

He leído el Recurso de Inconstitucionalidad formulado por lo más granado de los diputados socialistas (Chacón, Hernando, Rubalcaba, Narbona, Jauregui, López Garrido, Torres Mora, Madina, Valenciano y, cómo no, el inimitable Pepe Blanco), sobre argumentos elementales desde el punto de vista constitucional y democrático: la revisión del modelo legal por Decreto Ley es un abuso  de los límites constitucionales; y  la invocación  razones abstractas para justificar los cambios  sólo pretende ocultar sus verdaderos objetivos de evitar todo tipo de control parlamentario y volver a situar el ente público en la órbita gubernamental. Objetivos que éstos días  “están ocurriendo, los estamos viendo”, como decía un slogan  de CNN+, tras los últimos nombramientos y destituciones.

El panorama  es patético.  Rubalcaba denunciando y, aquí en Canarias,  un PSC-PSOE consintiendo. Cuando Spínola & Co.  protagonizaron una negociación completamente entreguista con Paulino, obsesionados por sentarse como fuera en el Gobierno. Cuando aceptaron una Consejería de Presidencia desgüesada, sin los Servicios Jurídicos ni Seguridad, o una Consejería de medioambiente sin ordenación del territorio, nunca pensé que la pusilanimidad llegara a tanto.

Cambiar el modelo de la radiotelevisión canaria no tiene nada que ver con la crisis económica, sino con la dignidad democrática, esa que parecen  algunos haber perdido para siempre.

Sin una opinión pública  libre  “no hay sociedad libre ni, por tanto, soberanía popular”… “reducidas a formas hueras las instituciones representativas”…”y absolutamente falseado el principio de legitimidad (democrática) que enuncia el art. 1.2 de la Constitución”… “vaciados de contenido real otros derechos que la Constitución consagra”,  dejó establecido el Tribunal Constitucional desde  sus primeras Sentencias (1981) sobre la libertad de información.

En Canarias entre el paisaje reflejado  los medios de comunicación y el pluralismo de la sociedad hay una sima, que hace difícil exagerar  la importancia de que los  medios de titularidad pública funcionen como un auténtico servicio público y velen por la objetividad informativa.

Los que están perpetuando  con su pasividad en el Gobierno el actual statu quo, con un director general que se ha estado riendo del Parlamento desde que lo nombraron,  deben ser plenamente conscientes del daño que hacen. Porque los manejos de Paulino y de los suyos no se limitaron a manipular los medios públicos, sino a amañar el concurso de la TDT que los Tribunales han anulado  --pero ellos como si tal cosa-- y contra el que el grupo parlamentario socialista canario dirigió las más agrias   críticas.

Cada vez que los que se dicen demócratas consienten un ataque a las reglas democráticas, por oportunismo o por conveniencia, sientan un  grave precedente. Un precedente del que luego sacan literalmente petróleo los enemigos de la democracia. O los que estarían más cómodos sin ella.

Decirles  estás cosas a unos aparatchiks  arregostados   de mediocridad es como arar en el mar.