La Sentencia dictada por el Tribunal Supremo condenando al juez Garzón por haber autorizado las escuchas durante la investigación del caso Gürtel, ha desencadenado una tormenta de reacciones. Amplios sectores de la opinión pública consideran que la condena es injusta. Que es el preludio de la impunidad de toda la trama de corrupción que afecta a numerosos cargos públicos del PP.
La derecha política, judicial y mediática ha cerrado filas defendiendo la imagen del Tribunal Supremo y ha respondido a las críticas de prestigiosos periódicos como el New York Times con un carpetovetónico “no nos entienden, no están informados”, que es una mera modulación del Spanish is different de tan pintoresco y amargo recuerdo.
En esta España nuestra existe un prejuicio muy generalizado, pero no inocente, sobre el carácter intangible del poder judicial y el trato reverencial que debe dispensarse a sus componentes y a sus decisiones.
Quiero decir al respecto dos cosas: la primera es que no hay ninguna razón para que un poder del Estado cuya extracción no es democrática deba ser tratado con más respeto que a quienes representan la soberanía popular: el Parlamento y el Gobierno. Las decisiones del poder legislativo, a cuyo imperio está sometida la función judicial, son objeto de las más agrias críticas en una sociedad democrática. Y así debe ser. ¿Por qué no puede criticarse con igual intensidad una sentencia?
Si a una decisión del Parlamento, como la de establecer la asignatura de Educación para la Ciudadanía, la jerarquía de la Iglesia Católica --que ha disfrutado durante siglos de una posición hegemónica en el sistema educativo de nuestro país aprovechándolo para el adoctrinamiento religioso-- y la derecha política la han criticado con una intensidad sólo proporcional a su falta de fundamento, no hay ningún argumento ni legal ni político que impida criticar a fondo las Sentencias del Tribunal Supremo, ejerciendo libertades esenciales en una sociedad democrática.
Segunda: en mi opinión, una de las causas de esta sacrosantitas tiene que ver con que el poder judicial es el único que puede protegerse a sí mismo. Tiene en exclusiva las llaves de la cárcel desde que las revoluciones burguesas se las arrebataron al poder ejecutivo: al Rey y a sus ministros. El poder judicial es el único poder del Estado que puede ejercer, Código Penal en mano, su autotutela. De hecho, el poder judicial ha suavizado, casualmente durante la larga etapa de gobierno de Felipe González, la interpretación de las normas que protegen la imagen y el honor de las demás autoridades del Estado, con la doctrina de que están expuestas por su propia condición a un nivel más intenso de crítica que el resto de los ciudadanos.
Cuando constaté que el poder judicial estaba levantando la veda contra las demás autoridades públicas, democráticamente elegidas, dando carta de naturaleza a un concepto ilimitado de la libertad de expresión, me imaginé que podrían cambiar de doctrina cuando en España se produjera un ciclo conservador. Me equivoqué, de medio a medio.
¿Saben por qué? Porque cuando la derecha recupera el control de la situación no es fácil encontrar canales informativos para ejercer la simple crítica política, no ya la agresión despiadada, contra los cargos públicos. Los gobernantes conservadores no suelen verse en el trance de tener que defenderse ante los Tribunales. Simplemente se vacunan contra posibles agresiones contra su reputación, sugiriendo amablemente a los propietarios de las cadenas y editoriales “serias” que restablezcan el sabio principio de que una cosa es la libertad y otra el libertinaje.
El poder judicial desempeña, sin otra legitimidad democrática que la que les suministre la legalidad que deben aplicar, una de las más importantes funciones de gobierno: la de resolver los conflictos que surgen entre los ciudadanos o entre éstos y el poder político.
El Estado Moderno no se afianzó como Estado legislador, sino como Estado juez. El poder de los príncipes y monarcas que construyeron el Estado se afirmó como jurisdicción suprema, arrogándose frente a las jurisdicciones señoriales el poder de dictar la sentencia definitiva. Por eso la actividad jurisdiccional es un elemento esencial del gobierno de un país y sus consecuencias políticas pueden ser trascendentales para definir las características y el rumbo de una sociedad. Recordando al prestigioso jurista norteamericano Bernard Schwartz, el juez del Tribunal Supremo debe ser, aunque tenga que desenvolverse en el marco del Derecho, más estadista que jurista. Y más en un caso como éste.
En mi opinión, aunque hayan intentado apurar el método jurídico para envolver su decisión, los magistrados del Supremo eran plenamente conscientes de que con su decisión estaban realizando un acto de gobierno de la máxima importancia. Y lo han hecho volcando sus propias convicciones ideológicas o prejuicios en los moldes e instrumentos de la técnica jurídica.
El Tribunal Supremo se ha esforzado en armar con argumentos técnicos una Sentencia condenatoria injusta. La entidad de la injusticia ha sido directamente proporcional al esfuerzo para justificarla técnicamente.
Algunas de las sentencias más relevantes de la historia de la democracia no eran un dechado de rigor y exquisitez técnico-jurídica, pero rebosaban de decencia moral y de sentido de la justicia. De ahí el impacto que tuvieron.
Porque la creación del Derecho es en realidad la lucha por el Derecho. Y esa lucha está completamente empapada de una idea de justicia que anida en el corazón de la mayoría de las personas.
Creo que esta Sentencia certifica en el plano judicial la involución que la sociedad española está sufriendo en todos sus ámbitos. Sin cambiar formalmente nuestra Constitución (con la excepción de la inicua Reforma-exprés pactada por el anterior Gobierno y el PP), una correlación de fuerzas extremadamente conservadora y regresiva está vaciando de contenido los fundamentos del modo de convivencia que surgió de la Transición.
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