viernes, 30 de diciembre de 2011

Urdangarín y Zerolo: delitos “administrativos”

La confirmación de que el yerno del Rey ha sido imputado por el juez ordinario predeterminado por la Ley y la naturaleza de los delitos que sustentan esa imputación: prevaricación, malversación de caudales públicos, delitos contra la Hacienda, proporcionan buenas razones para las siguientes reflexiones.

La investigación la está realizando el juez ordinario, sin que el yerno del Rey disponga del privilegio de un aforamiento. El juez ordinario, por su propia actividad cotidiana, tiene una vivencia mucho más igualitarista del Derecho y de su aplicación. Día tras día investiga, decide sobre la situación de los imputados, determina motivadamente si procede la prisión provisional, autoriza la intervención de comunicaciones… Garantiza en mucha mayor medida que ningún instructor designado por un Tribunal reservado a un determinado estamento (como es el caso de los aforados) la observancia de principios, como el de imparcialidad o el de igualdad ante la Ley, que son primordiales en la función jurisdiccional de una sociedad democrática avanzada, como la que propugna la Constitución de 1978.

Los delitos que indiciariamente ha cometido el Sr. Urdangarín, concitando una gran expectación e indignación entre la ciudadanía, guardan una estrecha coincidencia con los que la Fiscalía atribuye a los imputados en el caso Las Teresitas. Sin embargo, he leído a muy notables columnistas de Tenerife referirse a la malversación de caudales públicos (5.000 millones de pesetas) y a la prevaricación, la aprobación ilegal de la compraventa del Frente de Playa de Playa por el Ayuntamiento, , como “delitos administrativos”.

Nunca dejaré de subrayar que la prevaricación y la malversación no iban cada una por su lado. Al contrario: la prevaricación fue el instrumento imprescindible para la malversación de caudales. Aprobar la compraventa ilegal fue la llave para realizar el fraude. Y esa conexión refuerza, si cabe, la gravedad que ambas tiene por separado al convertirlas en piezas de una maquinación delictiva contra los intereses de los ciudadanos de Santa Cruz.

El concepto de delito administrativo no existe. La prevaricación y la malversación son delitos cometidos por autoridades y funcionarios que violan un deber de proteger el interés general y de obediencia a la Ley que les concierne muy especialmente. Y prevaliéndose además del poder y de la posición especial de que disfrutan. Y dejando completamente indefensos a los intereses generales que son atacados, precisamente, por quienes deben defenderlos. De ahí la gravedad jurídica y política de esas conductas.

Pero no nos engañemos. La intención de devaluar la prevaricación y la malversación de caudales forma parte de la estrategia de impunidad jurídica y social del caso Las Teresitas, alentada por los propios imputados y por los ambientes donde ejercen sus influencias. Es una estrategia que, desde el principio, partió de establecer una equivalencia entre gravedad y soborno. Lo único que sería realmente grave es haber cometido cohecho. Es decir, que el Alcalde y los concejales que aprobaron la compraventa del Frente de Playa hubieran cobrado por ello. Si no hay cohecho…prácticamente no hay delito. Lo demás serían meras irregularidades, todo lo más delitos “administrativos”.

Quienes “diseñaron” la estrategia conocían mejor que nadie la dificultad de probar completamente el delito de cohecho, el soborno. Hay mil recovecos que en la sociedad actual y en la economía globalizada garantizan la opacidad de estas operaciones delictivas o el completo borrado de sus huellas. Por eso inflaban la gravedad del cohecho. Porque magnificando lo difícil de demostrar, empequeñecían la gravedad de los delitos que están prácticamente demostrados desde el comienzo de la investigación. Que son por los que continúan imputados.

La estrategia es intelectualmente burda, pero reconozco que puede resultar efectiva si cuenta con gran dispendio de medios, tanto para difundirla como para censurar cualquier información contraproducente (como los datos conocidos tras el levantamiento del secreto judicial), y si se manipula a fondo el desconocimiento que muchos ciudadanos tienen de estas materias.

Por eso estoy convencido que el caso Urdangarín no les viene bien. A no ser que pretendan convencer a le gente que el yerno del Rey está imputado por un mero quítame allá un par de miles de millones ( de las antiguas pesetas) de dinero público, por fraude fiscal y dos o tres naderías. Pues resulta que no: que el affaire que ha colocado al Rey en una muy delicada situación, que ha afrontado con una proclamación solemne del principio de la igualdad ante la Ley, reivindicando el Estado de Derecho, y con una dura condena de la corrupción y de los comportamientos éticamente reprobables de las autoridades públicas, guarda un considerable parecido con el caso Las Teresitas.

Con una “diferiencia”: que Urdangarín sólo ha podido ejercer influencias. Y Zerolo, poder.

domingo, 18 de diciembre de 2011

LAS TERESITAS: EL RASTRO DEL COHECHO

“… en nuestro Ordenamiento no puede sostenerse la prevalencia general de las pruebas directas sobre la indiciaria, ni que los órganos judiciales sólo puedan valorar la prueba de indicios con carácter subsidiario a las pruebas directas, en cuanto que el sistema de valoración en conciencia de las pruebas que instaura del at. 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal excluye que el poder de convicción de las diferentes pruebas esté predeterminado o jerarquizado según un sistema de prueba legal o tasada.” (Sentencias del Tribunal Constitucional 174/85, 94/90, 228/2000, 427/04, 263/05, entre otras).

Esto es lo que establece en reiteradas sentencias el Tribunal Constitucional, máximo intérprete de la Constitución y, en consecuencia, de los derechos fundamentales que la Constitución proclama y garantiza, como el de la presunción de inocencia.

Estos días se ha orquestado en los periódicos Diario de Avisos y El Día una auténtica avalancha pregonando el desinflamiento del caso Las Teresitas, con el objetivo de siempre: conseguir la impunidad de sus protagonistas.

Se ha llegado a afirmar que la decisión de revocar la imputación por el delito de cohecho a varios personajes es un auténtico “certificado de inocencia”, que devalúa hasta convertirlos en simples “delitos administrativos” ¡…¡ los de prevaricación y malversación de caudales públicos, por los que han estado y siguen imputados desde el principio de la investigación judicial.

Pero no es así. Reconozco que me ha sorprendido la afirmación de la Fiscalía de que muchos hechos que se han ido acreditando durante la investigación, y que podrán resistir sin dificultad su examen contradictorio durante el juicio oral, no constituyen “indicios que permitan sustentar de una manera fehaciente” que los Sres. Plasencia y González Martín hubieran sobornado a quienes aprobaron la compra, por parte del Ayuntamiento de Santa Cruz, del Frente de Playa de Las Teresitas a la sociedad Inversiones Las Teresitas S.L., propiedad de dichos empresarios, por un precio 5.550 millones de pesetas superior a su valor real.

Me ha sorprendido porque la prueba por indicios está perfectamente consolidada en la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Y los hechos que sirven de indicios de la comisión de un delito no tienen que ser inequívocos, sino globalmente suficientes para sustentar una convicción judicial a partir de una “regla de experiencia” -- fundada en que la realización del hecho que sirve de indicio usualmente comporta la del hecho constitutivo del delito, a través de un proceso mental razonado y detallado en la Sentencia--.

La prueba indiciaria es particularmente útil en la investigación y el enjuiciamiento de delitos que, por su naturaleza, son difíciles de demostrar mediante una prueba directa de los hechos, o prueba de cargo, como es en este caso el cohecho, “dado el largo período de tiempo desde la fecha de los hechos…la existencia de fondos en los paraísos fiscales…la envergadura del entramado societario de algunos de los imputados”, según el Informe de la Fiscalía.

La importancia de los datos descubiertos durante la investigación que apuntan al cohecho exige un pronunciamiento judicial de mucha más profundidad que el que ha efectuado la instructora y que no corresponde a ésta, sino que debe plasmarse en la Sentencia que ponga fin al proceso tras la celebración del juicio oral. Como garantía de la objetividad de ese pronunciamiento, nuestro sistema procesal establece la separación entre el juez que instruye la investigación del delito y el que ha de juzgarlo.

De otra manera, es decir, si un veredicto de culpabilidad sólo pudiera basarse en la prueba directa de los hechos y de la culpabilidad de sus autores, la mayor parte de los delitos económicos relacionados con la corrupción tendrían de antemano garantizada patente de corso, ya que no se cometen ante notario --por razones obvias-- y se suelen amparar en la opacidad de las relaciones financieras y en la utilización de los paraísos fiscales.

Mi opinión, a la vista de los datos dados a conocer por algunos medios informativos tras el levantamiento del secreto judicial, es que existen más que sobrados indicios acreditados durante la investigación para fundamentar, global y no aisladamente considerados, no sólo una acusación por cohecho sino con una alta probabilidad, y en función de cómo se desarrolle la prueba durante el juicio, una sentencia condenatoria.

En primer lugar, como principal indicio, la compraventa del frente de Playa declarada ilegal por Sentencia firme del Tribunal Supremo y todo lo que rodea su tramitación, aprobación y formalización por el Alcalde y concejales imputados. Incluidas las presiones sobre la Arquitecta de la Gerencia de Urbanismo, funcionaria especializada, para que cambiara su valoración de 3.200 millones de pesetas para ajustarla al precio (8.750 millones) que tenían acordado con los vendedores, y la ocultación de su Informe que no fue incorporado al Expediente administrativo.

En segundo lugar, las operaciones y disposiciones no justificadas, en particular las de “ennegrecimiento” de dinero, realizadas por los vendedores a raíz de la compraventa.

En tercer lugar, las importantes cantidades de dinero en efectivo que manejaron a partir de la compraventa los cargos públicos que la aprobaron ilegalmente, que les han permitido mantener un alto standing de vida, así como realizar gastos cuantiosos en vehículos (algunos de alta gama) , inversiones inmobiliarias de diversa naturaleza, restaurantes, viajes etc.., sin tener que efectuar movimientos en sus cuentas corrientes --que quedaron hibernadas desde la compraventa-- , ni poder dar una explicación mínimamente verosímil sobre el origen de ese dinero.

Cualquiera puede entender que, a pesar de que la carga de la prueba corresponde a las partes acusadoras, una vez acreditados determinados hechos --como la disposición de grandes cantidades de dinero por el ex alcalde y los concejales imputados, a raíz de que aprobaron una compraventa ilegal-- la ausencia absoluta de una explicación creíble sobre el origen de ese dinero posee una indudable trascendencia para la valoración de estos hechos. Y todo ello sin contar, lo que habrá que hacer en el momento del juicio, la movida y los gastos e incrementos patrimoniales igualmente cuantiosos e injustificados de algunos personajes a quienes Zerolo ha dado vela en esta procesión, por el exclusivo e indiscutible mérito de gozar de su máxima confianza.

Se trata, insisto, de hechos acreditados durante la investigación que tienen un “enlace preciso” con la realización del cohecho como puede deducirse con sólidos razonamientos. Ésta es la regla contenida en el 386.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y anteriormente en el 1253 del Código Civil. Hechos y datos comprobados y no meras sospechas o “literatura policial”, como se han apresurado a lanzar a los cuatro vientos algunos de los más refinados propagandistas de la impunidad. Vamos, de los que predican la impunidad pero intentan darle un toque intelectual. Porque de los chusqueros, mejor no hablar.

Afortunadamente, la Constitución española preconiza una sociedad democrática avanzada y, en consecuencia, reconoce derechos de participación de los ciudadanos en las principales funciones estatales. Ello ha hecho posible que el colectivo Ínsula Viable denunciara el pelotazo de Las Teresitas ante la Fiscalía Anticorrupción, y que quienes se hayan personado en el proceso puedan ejercer la acción popular formulando la acusación.

Toda esta avalancha pro-impunidad despliega la siguiente estrategia. Primero, censurar la información sobre la investigación judicial del caso Las Teresitas, burlando el derecho de información de los tinerfeños y el principio constitucional de publicidad del la actuación judicial, que es la norma y no la excepción. Diario de avisos ha llegado a desarrollar toda una línea editorial y de artículos de opinión sobre una información que no ha publicado: los datos del sumario conocidos, y no filtrados, al levantarse el secreto judicial.

Segundo, tergiversar los hechos y aprovecharse del desconocimiento de la gente sobre los asuntos jurídicos, para intentar manipular la opinión pública. Por eso, quienes tenemos información sobre este asunto y ciertos conocimientos jurídicos tenemos la obligación de difundirlos. Es cuestión de dignidad y de ciudadanía.

jueves, 24 de noviembre de 2011

LAS TERESITAS COMO EJEMPLO

En la vida y en la política, sobre todo en la democracia, aprendemos más con los ejemplos que con los discursos.

El caso “Las Teresitas” tiene importancia en sí mismo, por los intereses públicos que han estado en juego. Pero tiene si cabe más importancia aún como termómetro de un proceso de deterioro de la vida institucional y de la calidad democrática. La preparación, la ejecución de esta operación (en dos actos principales: la compraventa del Frente de Playa por el Ayuntamiento y la recalificación de los terrenos en el Valle de Las Huertas) y la actitud de algunos durante el largo epílogo judicial son la tarjeta de presentación del “Régimen” en que se ha ido convirtiendo en Tenerife lo que debiera ser una democracia.

Rasgo esencial de ese “Régimen” es la utilización de la Administración Pública para fines ajenos y contrapuestos a los que justifican su razón de ser y los poderes de los que está investida: servir con objetividad los intereses generales, con pleno sometimiento a la Ley y al Derecho. Es decir, todo lo contrario de la actuación del Ayuntamiento de Santa Cruz en esta historia.

Desde que empezó a saberse algo de la operación que incubaban, a cuatro bandas, políticos-empresarios-junta de compensación-entidad financiera se vislumbraba que iba a tener perfiles propios y de trazos gruesos. Son esos perfiles que no tienen otras operaciones urbanísticas especulativas, cuyos contornos más difusos dificultan la demostración de que las potestades urbanísticas --poder benéfico para algunos y terrorífico para otros, porque permite a un ayuntamiento convertir en oro o en cenizas la propiedad inmobiliaria-- han sido utilizadas al margen de los intereses generales.

Este caso era distinto desde el principio: se sabía quiénes, cómo y la cuantía del crédito inicial con el que los empresarios compraron los terrenos en el Frente de Playa y en el Valle de Las Huertas; era constatable que no habían efectuado ninguna inversión que incrementara su valor; se supo el precio que iba a pagar el Ayuntamiento y, además, el compromiso de recalificarles los terrenos de Las Huertas; desde hacía meses se tramitaba en el Parlamento la Ley de Moratoria, que bloqueaba los desarrollos turísticos…por eso las prisas.

Es decir, no se trataba sólo de las plusvalías que iban a obtener unos empresarios como consecuencia exclusiva de una recalificación urbanística, como suele ocurrir con cierta frecuencia. Se trataba, además, de no exigirles contrapartida alguna por esa recalificación y encima comprarles y pagarles con dinero público constante y sonante un sobreprecio escandaloso por el Frente de Playa.

Las ilegalidades (que no “irregularidades”) que jalonan todo este asunto son graves. Algunas de esas ilegalidades, como el fraude de 5.000 millones de pesetas en la fijación del precio de la compraventa del Frente de Playa por el Ayuntamiento, tienen naturaleza y gravedad delictivas.

Muchas veces he estado pensando por qué los protagonistas de este caso lo idearon y lo ejecutaron. Me he respondido que en la génesis de esta operación hay una mezcla explosiva de dos ingredientes: la ambición desmedida de “hacer negocio” y la sensación de impunidad que se había ido instalando en ciertos ambientes de la sociedad tinerfeña. Y con la impunidad, la soberbia.

La sensación de impunidad y la actitud soberbia iban de la mano cuando los actores principales rechazaron una a una todas las opciones que se les plantearon para reconsiderar los términos de la operación y dar satisfacción a los intereses públicos: la denuncia política, las alegaciones que presentamos frente al Convenio inicial, la demanda ante la jurisdicción contencioso-administrativa…, todo les resbalaba.

Sin embargo, cuando la Fiscalía presenta la querella tras un largo año de investigaciones, a raíz de la denuncia de Ínsula Viable, lo que había sido altanería y cerrazón se transforma en infantilismo y en victimismo. El infantilismo lleva a los protagonistas a intentar engañarse ellos mismos, negando evidencias como la Sentencia firme del Tribunal Supremo que declara la ilegalidad de la compraventa del Frente de Playa. A escudarse en sus trayectorias empresariales para tratar de evadir sus responsabilidades en este caso. O, simplemente, contándonos que los que cometen ilegalidades son los las víctimas de una persecución. Y los que defienden el interés público, los malos. Es una manera infantil de contar una historia volviéndola al revés.

Pero la defensa del interés público ha merecido la pena. Se trataba de llenar el vacío que dejaron los representantes políticos de los santacruceros, pasados al bando de los intereses particulares desde el primer momento. Algunos --no muchos, la verdad-- lo entendimos como un honroso deber.

Estoy convencido: Santa Cruz acabará recuperando pronto el dinero malversado. Y en el futuro, los que pretendan imponer sus intereses sobre los intereses de todos se lo pensarán dos veces. Y quienes dirijan las Instituciones políticas o las entidades financieras no olvidarán del todo que en el Estado de Derecho, a tanto poder tanta responsabilidad. Y habremos avanzado algo en dignificar la política y las Instituciones.

Termino como empecé. El affaire de Las Teresitas y el proyecto del Puerto de Granadilla, cada uno con sus propios rasgos, son los peores ejemplos de un Régimen en el que con demasiada frecuencia parte del poder empresarial, financiero e institucional se han puesto de acuerdo para dejar en la cuneta el interés general. Las experiencias, en vivo y en directo, del deterioro de los mecanismos democráticos pueden ser muy útiles para que la opinión pública comprenda que lo que está en juego es la democracia y aprenda a defenderla.

jueves, 10 de noviembre de 2011

Ahora toca devolver el dinero de Las Teresitas, Sr González

Debe ser la 19th estrategia desarrollada para, burlándose una vez más de la inteligencia de la gente, convencernos de que la OPERACIÓN LAS TERESITAS nunca existió. Fue una maniobra perfectamente orquestada, cosa que le ha quedado clara a todo el que se haya detenido un mero segundo a examinar todos los pasos: el crédito express (5.000 millones de pesetas) que la “Caja de Todos” concedió a una sociedad sin personalidad jurídica, el expolio de muchas propiedades que la Junta de Compensación del Plan Parcial de Las Teresitas realizó al venderlas sin tener facultades para ello a los Sres. Plasencia e Ignacio González para que éstos revendieran al Ayuntamiento (...).

(...) el Convenio Urbanístico votado por Zerolo y sus monaguillos, la formalización de la compraventa del Frente de Playa antes de que el Convenio estuviera legalmente aprobado, el pago de 8.750 millones de pesetas por terrenos que valían la tercera parte de ese precio --y eso sin descontar los espacios pertenecientes al dominio público que también le vendieron al Ayuntamiento--, la recalificación de terrenos en la zona del Valle de Las Huertas proporcionándole a los Señores Plasencia y González unos beneficios que afloraron al venderlos a Inmobiliaria Mapfre por 17.000 millones de pesetas…, sin ninguna compensación al Ayuntamiento, es decir a los santacruceros.

En resumidas cuentas, de lo que compraron con los cinco mil millones obtuvieron casi veinticinco mil millones sin mover una piedra ni oponer una peseta, en un pelotazo de libro. Para diseñar esta operación, era imprescindible contar --y vaya que contaron-- con la complicidad de Zerolo, de los todos los portavoces de los Grupos del Ayuntamiento y de varios altos funcionarios que amañaron los informes para tratar de maquillar de legalidad toda aquella chusquera operación contra el pueblo de santa Cruz.

El Tribunal Supremo ha declarado la ILEGALIDAD de la compraventa, anulándola por Sentencia firme, cuyo cumplimiento da derecho a Santa Cruz a recuperar el dinero. No se ha ejecutado porque Zerolo ha maniobrado para que el Ayuntamiento no cobre, actuando una vez más como agente de los vendedores y no como alcalde del municipio.

Los hechos relatados en la denuncia ante la Fiscalía, que redacté, y en la querella de la Fiscalía tienen entidad para calificarlos como constitutivos de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos. Éste último delito lleva aparejada pena de privativa de libertad. Si no, que le pregunten al exalcalde de Valle de Gran Rey, que ha sido condenado a un año y medio de prisión menor por malversar 19.000 euros. En el caso de Las Teresitas la malversación puede ascender a 30 millones de euros, que es la cuantía del sobreprecio por la compraventa, y el monto del fraude al pueblo de santa Cruz. Por estos delitos hay una cuerda de imputados por la Magistrada que instruye el caso. Y por algunos otros delitos.

Ni en la denuncia ni en la querella se hace mención a conductas que pudieran ser calificadas de cohecho, es decir de soborno. Simplemente porque en una denuncia o en una querella hay que exponer hechos demostrables y no sospechas. Si durante la investigación judicial fueron imputadas algunos protagonistas, además de por prevaricación y malversación de caudales públicos, por cohecho todo apunta a que debieron aparecer datos que apuntaban en esa dirección. Las imputaciones por cohecho las ha acordado, y posteriormente revocado, la propia instructora del caso.

Por eso, ahora lo que hay que hacer es que devuelvan el dinero que pertenece a los contribuyentes de Santa Cruz. Cosa que debió ocurrir desde que el Tribunal Supremo declaró la ilegalidad de la compraventa. Y pagar los intereses.

Y, además, responder ante la Jurisdicción Penal si la Fiscalía formula acusación contra la ristra de los imputados en este Caso, que cuentan con todas las garantías de defensa propias del Estado de Derecho y tienen dinero para pagar los mejores abogados. Tanto, que pueden permitirse interponer una demanda contra el Ayuntamiento pretendiendo descabelladamente que los veinticinco mil millones de pesetas se conviertan en cincuenta mil, a costilla de los chicharreros. No se preocupen los contribuyentes. No tiene ningún fundamento. Es sólo para ganar tiempo y confundir a algún despistado.

Cuando quien tiene que representar a un pueblo y defenderlo, es decir su Alcalde y su Ayuntamiento, se cambia de bando alguien tiene que llenar el vacío. Es una misión honrosa. Eso es lo que hicimos los socialistas de Tenerife, cuando comprobamos que algunos habían desertado de sus más sagradas obligaciones: las de hacer valer el interés general. Yo lo volvería a hacer.

Todos tenemos familia. Algunos hemos sido agredidos durante años, todas las semanas, desde una televisora comprada por el Sr. González. Eran los tiempos en que se paladeaba impunidad y pretendían amedrentarnos. Más adelante vinieron los editoriales, día sí y otro también, por los que uno-que-yo-me-sé va a tener que sentarse muy pronto en el banquillo para responder de un delito continuado de injurias graves y con publicidad. Lo más que se despacha en esas viñetas del Código Penal. El origen de esas injurias, no hay más que leer los editoriales, haber denunciado el Caso Las Teresitas.

Hay, no obstante, una diferencia. La que existe entre quienes somos atacados por defender el interés público protegido por la Ley y los que son denunciados por defraudarlo.
O sea, que lo que hay que hacer es devolver el dinero al pueblo de Santa Cruz. Un consejo: no tarden, que es peor. A menos que lo que tengan entre manos sea berlusconear el proceso judicial para después del 20-N.

Y una a modo de despedida. No respondo a las cantinfladas de un “estadista” al que, por cientos de millones que se gaste en una campaña electoral (¿provenientes del caso Las Teresitas?) todo el mundo lo tiene calado. Porque, a pesar de que él se crea lo contrario, la gente de esta tierra es inteligente.

Por su interés, adjuntamos un artículo anterior, referido también a este caso:

“LAS TERESITAS” : EL CASO QUE NUNCA EXISTIÓ

Hay que ver. Todos en tromba. Empresarios que se beneficiaron del fraude, cargos públicos cómplices --e imputados--, lacayo-periodistas…Todos cabalgando de nuevo.

No hubo crédito milmillonario a una sociedad aún no inscrita. No hubo testaferro de un miembro del consejo de administración de una “Caja de todos”, pero más suya que de nadie. La Junta de Compensación no hizo expolio de propiedades en Las Teresitas, para vendérselas a los revendedores y ponerles el negocio en bandeja. No hubo Convenio Urbanístico aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 23 de julio de 2001. No había Ley de Moratoria (L. 6/2001, de 23 de julio, qué casualidad) que suspendía todas las licencias, proyectos de urbanización, tramitación de planes…sobre actuaciones y edificaciones de carácter turístico. No hubo compraventa del Frente de Playa antes de que estuviera definitivamente aprobado el Convenio Urbanístico, que ni siquiera se había sacado a información pública. Ni se pagaron más de 5.000 millones de pesetas de más del dinero de los chicharreros, en beneficio exclusivo de dos de los personajes más ricos e influyentes de Canarias (que no habían movido un solo bloque desde que compraron hasta que revendieron al Ayuntamiento). No se incluyeron en el Frente de Playa, y se pagaron, miles de metros cuadrados de dominio público. No existió en Informe de la arquitecta de la gerencia de Urbanismo valorando el Frente de Playa en la tercera parte del valor (8.750 millones de pesetas) que Zerolo y sus monaguillos pagaron por comprarlo. No hubo un Informe de Intervención perfectamente comprensible para cualquiera no intoxicado de venalidad. No tuvo que marcharse poco después el Interventor al Ayuntamiento de La Laguna, ni Pía Oramas, la arquitecta municipal, al Cabildo. No están imputados los funcionarios que colaboraron en amañar informes para “bendecir” la operación. No tramitaron la reclasificación de los terrenos de Las Huertas (pactada en el mismo Convenio en beneficio exclusivo de los vendedores) para proporcionarle unas plusvalías netas de más de 15.000 pesetas cuando revendieron esas parcelas a la inmobiliaria de una empresa aseguradora, sin ninguna contrapartida para el Ayuntamiento. No culminaron, por fin, una operación de 25.000 millones de pesetas desde que obtuvieron el inicial crédito maravilloso. Ni ocurrió todo esto porque los representantes de los ciudadanos de Santa Cruz, traicionando la confianza de la gente, convirtieron toda la Administración municipal en la agencia particular de los Sres. Plasencia y González. No se ha pronunciado el Tribunal Supremo en varias ocasiones declarando la ilegalidad de la compraventa del Frente de Playa por el Ayuntamiento, ni la ilegalidad de las confiscaciones a muchos propietarios en Las Teresitas. Ni existió nada de esto, ni tampoco otras muchas trapisondas que envuelven, prologan y epilogan todo este turbio asunto.

Por eso, quienes se han atrevido a defender los intereses públicos, la legalidad y la imagen de la ciudad de Santa Cruz y de su Ayuntamiento, que no están ahí para ser la finca particular de nadie, deben (debemos) pedir perdón. Y solicitar respetuosamente que los miles y miles de folios de la investigación judicial, de Informes de la Intervención General del Estado, de diligencias efectuadas en los paraísos fiscales sean entregados al brazo secular para que sean quemados en la hoguera. Porque la información que contienen se refiere a algo que nunca existió.

Pero en el intre, como dice el otro, pongo a disposición de quien esté interesado por la historia de algo que nunca existió dos breves y sencillos documentos: las alegaciones que presenté en defensa del interés público como Secretario de los socialistas tinerfeños, en cumplimiento de un acuerdo del Comité Insular, máximo órgano entre congresos. Y el texto de la denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción, que redacté a petición de algunos militantes y simpatizantes socialistas santacruceros. Lo volvería a hacer. Podrán comprobar que apenas hay mención de personas: se relatan hechos que es lo propio de una denuncia. Ni tampoco calificaciones jurídicas, ya que no es legalmente exigible. Ni por cierto, la menor alusión directa o implícita al cobro de comisiones por parte de nadie. ¿Saben por qué? Porque en este sistema económico está casi todo organizado para que esas conductas, si es que ocurren, queden en la impunidad.

En fin, que si algunos han sido imputados por la Magistrada-Instructora por delitos de cohecho como consecuencia de la investigación judicial --ya que tampoco había la menor mención a este tipo de comportamientos delictivos en la querella que presentó la Fiscalía-- y luego han sido desimputados, el día que se levante el secreto del sumario averiguaremos tal vez por qué.
Las Teresitas sí existió, aunque todo el enjambre que ideó y ejecutó este fraude monumental al pueblo de Santa Cruz ponga todo su poder e influencia, una vez más (esto va por rachas), para convencernos de que fue sólo un sueño. En realidad, lo único que no existió en toda esta operación fue el menor atisbo de legalidad.

domingo, 6 de noviembre de 2011

"Las Teresitas": el caso que nunca existió

Hay que ver. Todos en tromba. Empresarios que se beneficiaron del fraude, cargos públicos cómplices -e imputados-, lacayo-periodistas... Todos cabalgando de nuevo.

No hubo crédito milmillonario a una sociedad aún no inscrita. No hubo testaferro de un miembro del consejo de administración de una "Caja de todos", pero más suya que de nadie. La Junta de Compensación no hizo expolio de propiedades en Las Teresitas, para vendérselas a los revendedores y ponerles el negocio en bandeja. No hubo Convenio Urbanístico aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 23 de julio de 2001. No había Ley de Moratoria (L. 6/2001, de 23 de julio, qué casualidad) que suspendía todas las licencias, proyectos de urbanización, tramitación de planes... sobre actuaciones y edificaciones de carácter turístico. No hubo compraventa del Frente de Playa antes de que estuviera definitivamente aprobado el Convenio Urbanístico, que ni siquiera se había sacado a información pública. Ni se pagaron más de 5.000 millones de pesetas de más del dinero de los chicharreros, en beneficio exclusivo de dos de los personajes más ricos e influyentes de Canarias (que no habían movido un solo bloque desde que compraron hasta que revendieron al Ayuntamiento). No se incluyeron en el Frente de Playa, y se pagaron, miles de metros cuadrados de dominio público. No existió en Informe de la arquitecta de la gerencia de Urbanismo valorando el Frente de Playa en la tercera parte del valor (8.750 millones de pesetas) que Zerolo y sus monaguillos pagaron por comprarlo. No hubo un Informe de Intervención perfectamente comprensible para cualquiera no intoxicado de venalidad. No tuvo que marcharse poco después el Interventor al Ayuntamiento de La Laguna, ni Pía Oramas, la arquitecta municipal, al Cabildo. No están imputados los funcionarios que colaboraron en amañar informes para "bendecir" la operación. No tramitaron la reclasificación de los terrenos de Las Huertas (pactada en el mismo Convenio en beneficio exclusivo de los vendedores) para proporcionarle unas plusvalías netas de más de 15.000 pesetas cuando revendieron esas parcelas a la inmobiliaria de una empresa aseguradora, sin ninguna contrapartida para el Ayuntamiento. No culminaron, por fin, una operación de 25.000 millones de pesetas desde que obtuvieron el inicial crédito maravilloso. Ni ocurrió todo esto porque los representantes de los ciudadanos de Santa Cruz, traicionando la confianza de la gente, convirtieron toda la Administración municipal en la agencia particular de los Sres. Plasencia y González. No se ha pronunciado el Tribunal Supremo en varias ocasiones declarando la ilegalidad de la compraventa del Frente de Playa por el Ayuntamiento, ni la ilegalidad de las confiscaciones a muchos propietarios en Las Teresitas. Ni existió nada de esto, ni tampoco otras muchas trapisondas que envuelven, prologan y epilogan todo este turbio asunto.

Por eso, quienes se han atrevido a defender los intereses públicos, la legalidad y la imagen de la ciudad de Santa Cruz y de su Ayuntamiento, que no están ahí para ser la finca particular de nadie, deben (debemos) pedir perdón. Y solicitar respetuosamente que los miles y miles de folios de la investigación judicial, de Informes de la Intervención General del Estado, de diligencias efectuadas en los paraísos fiscales sean entregados al brazo secular para que sean quemados en la hoguera. Porque la información que contienen se refiere a algo que nunca existió.

Pero en el intre, como dice el otro, pongo a disposición de quien esté interesado por la historia de algo que nunca existió dos breves y sencillos documentos: las alegaciones que presenté en defensa del interés público como secretario de los socialistas tinerfeños, en cumplimiento de un acuerdo del Comité Insular, máximo órgano entre congresos. Y el texto de la denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción, que redacté a petición de algunos militantes y simpatizantes socialistas santacruceros. Lo volvería a hacer. Podrán comprobar que apenas hay mención de personas: se relatan hechos que es lo propio de una denuncia. Ni tampoco calificaciones jurídicas, ya que no es legalmente exigible. Ni por cierto, la menor alusión directa o implícita al cobro de comisiones por parte de nadie. ¿Saben por qué? Porque en este sistema económico está casi todo organizado para que esas conductas, si es que ocurren, queden en la impunidad.

En fin, que si algunos han sido imputados por la Magistrada-Instructora por delitos de cohecho como consecuencia de la investigación judicial -ya que tampoco había la menor mención a este tipo de comportamientos delictivos en la querella que presentó la Fiscalía- y luego han sido desimputados, el día que se levante el secreto del sumario averiguaremos tal vez por qué.

Las Teresitas sí existió, aunque todo el enjambre que ideó y ejecutó este fraude monumental al pueblo de Santa Cruz ponga todo su poder e influencia, una vez más (esto va por rachas), para convencernos de que fue sólo un sueño. En realidad, lo único que no existió en toda esta operación fue el menor atisbo de legalidad.

jueves, 3 de noviembre de 2011

LAS CAÑAS SE HAN VUELTO LANZAS

Es una prioridad de la izquierda. Incluso de la que está en gobiernos que han adoptado recortes en derechos sindicales y sociales, “obligados por los mercados”.

La estabilidad de la democracia y el establecimiento de los mecanismos del Estado Social, indisociablemente relacionados, ha tenido como fundamento una larga etapa de crecimiento de la economía, unos sistemas tributarios con finalidad redistributiva y la disposición de un excedente económico que ha contribuido a amortiguar la conflictividad social, a través del reconocimiento y la garantía de derechos sociales.

Esa economía en crecimiento y la obtención de ese excedente, del que han disfrutado los países desarrollados, se han basado en unas relaciones de intercambio profundamente injustas con los países “en vías de desarrollo”, a los que se han impuesto -a través de todas las variables del neocolonialismo y de sistemas políticos autoritarios y corruptos- modelos de desarrollo dependientes, profundamente contrarios a sus intereses nacionales y al aprovechamiento racional de sus riquezas naturales.

Sin embargo las cañas se han vuelto lanzas. La liberalización del tráfico de capitales y del comercio (del GATT a la OMC); el acceso, junto a la inversión extranjera, a tecnología avanzada; la cualificación creciente de su población activa, fruto de sistemas educativos cada vez más eficientes, y los bajos costes laborales y fiscales, garantizados en muchos países por sistemas políticos no democráticos, han trastocado el panorama: en el amplio campo del tercer mundo han surgido países emergentes, de economías prósperas y alta productividad, cuya balanza exterior tiene un marcado signo positivo. Esto implica altas tasas de ahorro y acumulación de capitales.

En realidad, todo esto forma parte de los efectos a largo plazo del proceso de liberación de los pueblos colonizados, que experimentó una fase de gran intensidad a partir de los años cincuenta del pasado siglo. Muchos países que alcanzaron la independencia quedaron sometidos a nuevos mecanismos de dependencia neocolonial. Otros sucumbieron a un naufragio de sus Estados recién estrenados, carentes de una base poblacional suficientemente cohesionada como consecuencia de unas fronteras geométricamente trazadas por sus antiguos amos, que aglomeraban en su interior tribus y culturas diferentes y hasta hostiles entre sí. Otros fracasaron por la incapacidad y la corrupción de sus élites. Y en todos esos casos, los resultados del desmoronamiento de sus sistemas políticos, diseñados a imitación de los Estados-Nación occidentales, han sido descomposición social, enfrentamientos étnicos, miseria, un neofeudalismo armado hasta los dientes por las antiguas potencias o por los intereses económicos de las multinacionales y todas las variantes que van desde el Estado- fracasado hasta el Estado-delincuente.

Sin embargo, otros países, con envergadura continental en algunos casos, han ido logrando asir las riendas de su propio destino, aprovechar todos los factores favorables a su alcance y protagonizar un cambio en el liderazgo de una economía globalizada, origen y escenario de esta Crisis que en la vieja Europa y Estados Unidos se califica de global, pero en cuyo epicentro están sus propias economías.

Los países desarrollados han contemplado como se deterioraba su sector exterior y, en consecuencia, sus economías empezaban a registrar tasas de ahorro negativo y a depender de financiación externa para mantener la actividad y el crecimiento. Se han convertido en países deudores. Es esta circunstancia la que explica la desconfianza de los “mercados”. Aunque mantengan relativamente controlado el déficit y la deuda pública (caso de España, Alemania o Francia, medidos como porcentaje del PIB), que tenderán a ir creciendo en la medida que se pretenda mantener el gasto social en un escenario de crisis económica -sin atreverse a subir los impuestos sobre las rentas y patrimonios más elevados- y con un balanza exterior deficitaria, las dificultades para hacer frente al endeudamiento de sus economías es perfectamente previsible.

He leído con muy buen feeling los planteamientos y propuestas neokeynesianas de Stiglitz y Krugman, sus críticas a las actuaciones del FMI en reiteradas actuaciones de crisis, como la de las economías emergentes asiáticas a finales de los 90, y al “fanatismo del dolor” de las autoridades del Banco Central Europeo. Pero tengo la impresión, probablemente por mi escasa formación económica, de que afrontar la crisis a través de estímulos a la demanda, en una economía definitivamente globalizada, sólo resultaría eficaz si se pudiera gestionar la demanda a escala global. Cosa simplemente imposible mientras no existan mecanismos de gobierno económico y político a esa escala.

Por varias razones. En primer lugar, porque ya es definitivamente inviable volver a cualquier estrategia proteccionista en cualquiera de sus variables: desde el mercantilismo a la sustitución de importaciones. Ya no es posible reconstruir, si el objetivo es mantener el desarrollo alcanzado por sus economías y el bienestar del que han venido disfrutando sus ciudadanos, circuitos económicos nacionales o supraestatales, como el de la U.E., o el espacio euroamericano que sugiere López Garrido, replegados sobre sí mismos y cuya relación con el exterior fuera ventajosa gracias al auxilio del proteccionismo, del monopolio tecnológico o simplemente del imperialismo. Aunque esta última tentación, la de imponer sus intereses por la fuerza o con la amenaza de las armas, siempre ha estado presente cuando una potencia ha entrado en declive económico pero aún conserva influencia política o supremacía militar.

Creo que, tras el crack de 1929 y la Gran Depresión, el éxito de la estrategia keynesiana fue posible por diversos factores que ahora no se dan o, simplemente, sería catastrófico que volvieran a darse. Entre aquéllos yo subrayaría que, una vez reactivada la maquinaria de lo que entonces eran las economías más avanzadas con la ayuda de estímulos públicos, su liderazgo y las ventajosas condiciones de intercambio con el resto de las economías quedaban garantizados por su ventaja tecnológica y por su hegemonía política. Entre éstos, la guerra y los efectos del gigantesco esfuerzo económico que exigió.

Ya no es posible, siquiera, imponer condiciones comerciales favorables a los intereses de las economías occidentales a través de una demostración de poderío, en la versión clásica de la diplomacia de cañoneras, como en los tiempos de la Guerra del Opio (1839), del bloqueo anglofrancés del Río de La Plata (1845) o del bombardeo de Puerto cabello y La Guaira por las flotas alemana, inglesa, española, italiana y portuguesa (1902), o a través de fórmulas más actuales y más sutiles.

Por otro lado, hay instrumentos de política económica que han quedado muy debilitados: la política arancelaria y el sistema tributario. Aquélla, por la liberalización comercial. Ésta por la liberalización de la circulación de capitales. Los sistemas fiscales, allí donde habían alcanzado cotas significativas de progresividad y resultaban eficaces como herramienta de política económica y de redistribución de la renta, experimentan una equiparación a la baja. El riesgo de la deslocalización de inversiones y de la “fuga” de capitales sirve de coartada a la hora de descrestar la fiscalidad sobre las rentas del capital (y sobre las rentas del trabajo de los profesionales y ejecutivos mejor pagados) y de ir recortando derechos laborales duramente conquistados.

Por eso creo que las políticas de estímulo a la demanda, ante la imposibilidad de su gestión global, sólo pueden tener cierta eficacia frente a la crisis en aquéllas economías que presenten un balance exterior positivo y con el límite absoluto del mismo. Tengo la impresión de que esto lo saben muchos, pero casi nadie lo reconoce. Por eso, la continuidad del Estado de bienestar está seriamente amenazada. La amenaza no es coyuntural, sino de fondo, estructural.

La experiencia ha demostrado la falacia del mantra neoconservador sobre la reducción de impuestos a los más ricos como estímulo a la inversión. De forma que, si algunos beneficios fiscales pueden servir de estímulo para la demanda interna serán precisamente los que incrementen la capacidad adquisitiva de las familias con niveles de ingresos medio-bajos y los que suavicen la fiscalidad de las pymes: aquéllas intentarán atender sus necesidades básicas o recuperar su nivel de vida de antes de la crisis y éstas mantener la actividad y el empleo. Por lo demás, la recuperación de la progresividad de los tributos contribuirá al equilibrio de las cuentas públicas, permitirá a los poderes públicos mejorar su capacidad de inversión y el mantenimiento del gasto social, evitando lo que está ocurriendo en vivo y en directo: que las consecuencias de la crisis estén recayendo sobre los sectores sociales que no son sus causantes.

De todas formas, cuando leo la insistencia con que Krugman plantea que la economía necesita desesperadamente un remedio a corto plazo, recuperación rápida, lo que conllevaría por el momento más gasto gubernamental, no puedo dejar de pensar que la estrategia que tuvo éxito, y no sólo a corto plazo, frente a la crisis desencadenada por el crack de 1929, hoy tropezaría con un escenario de relaciones económicas entre el ámbito euronorteamericano, por un lado, y el de los países emergentes que no tiene nada que ver con el de entonces. Y que, más allá del corto plazo, dificulta la viabilidad de combatir la crisis con fórmulas keynesianas de estímulo de la demanda incrementando la inversión y el gasto público.

miércoles, 21 de septiembre de 2011

HÁGASE LA LUZ COMPETENCIAL EN CANARIAS, dijo PAULINO

Por Santiago Pérez

La clarificación competencial de las Administraciones Canarias no puede efectuarse técnicamente a través de una Ley, como vienen anunciando insensatamente Spínola y José Miguel Pérez. Y si pudiera llevarse a cabo a través de una Ley, ésta no sería competencia de la Comunidad Autónoma Canaria; ya que regular las bases del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas es competencia legislativa del Estado (art. 149.1.18 de la Constitución). Y de eso se trataría precisamente.

Paulino Rivero habla de estas cosas por lo que le dicen. Y así va: de ocurrencia en ocurrencia. Vamos a ver: en Canarias coexisten, frecuentemente sin orden, concierto, ni resultados eficientes varias Administraciones Públicas, que suponen un coste que la economía canaria no puede pagar. Pero esto no es nuevo, ni ese panorama caótico surgió por generación espontánea. En su origen está el deseo de poder de la clase gobernante de cabildos, ayuntamientos y, muy particularmente, de la Comunidad Autónoma. La Administración autonómica es la de creación más reciente y la que ha crecido exponencialmente, porque ha tenido la ventaja de repartir gran parte de los recursos financieros de todos. Hasta los del REF. Y ya se sabe que el que parte y reparte…

Además, cualquiera que conozca cómo es nuestro Régimen Local sabrá que los ayuntamientos y cabildos tienen una especie de competencia universal que les permite intervenir en todos los asuntos que sean de interés de los ciudadanos a los que representan. Pueden realizar actividades complementarias de las de otras Administraciones Públicas en todos los ámbitos. La Ley de Régimen Local lo autoriza (art. 28). Y al amparo de esta autorización y respondiendo a la presión de la sociedad, o al deseo de protagonismo o de poder de alcaldes y presidentes de cabildos, han puesto en marcha en tiempos de bonanza presupuestaria múltiples servicios sin reparar en que duplicaban los ya gestionados por otras Administraciones. Frecuentemente sin justificación objetiva, ni coordinación interadministrativa, ni eficiencia en los resultados. Ahora, con la crisis, lo que fueron alegrías se han convertido en apuros y llamadas de socorro.

Pero esas Administraciones Públicas son los brazos ejecutores de los gobiernos de Instituciones (ayuntamientos, cabildos y Comunidad Autónoma) que personifican y representan a entidades territoriales dotadas de autonomía: municipios, islas y la propia Canarias como comunidad política (un solo pueblo ¿recuerdan?).

Las competencias que desempeñan esos gobiernos y las Administraciones correspondientes llenan de contenido la autonomía a la que tienen derecho las entidades territoriales canarias. Sin competencias, y sin recursos para ejercerlas, la autonomía municipal, insular o la de nacionalidades y regiones es una cáscara vacía.

Por otro lado, por mucho que se empeñen los de C.i.U, sus imitadores de CC y el coro spinolítico que les hace de eco, de poco para acá, por estas ínsulas asirocadas (como decía Pepe Alemán), resulta que el régimen jurídico, competencial y financiero de cabildos y ayuntamientos no es algo que puedan definir exclusiva, ni siquiera principalmente, las Comunidades Autónomas. Sino básicamente, el Estado. Porque las entidades locales no son una mera pertenencia, ni un apéndice de las Comunidades Autónomas. Por eso las Comunidades Autónomas no tienen plena disponibilidad sobre la regulación de las entidades locales y de sus competencias. Ni las entidades locales pueden desprenderse, en plan coleguitas, de sus competencias. Porque son de atribución Legal y no renunciables.

Lo que no quieren entender Paulino and company es que los municipios y las islas, los cabildos y ayuntamientos que las representan y gestionan sus intereses y las respectivas administraciones insulares y municipales, forman parte del Estado, del edificio estatal en el más amplio sentido del término. Edificio del que también forman parte las Comunidades Autónomas. Y sobre ese edificio, la dirección política corresponde al Gobierno de España. Y la tarea legislativa principal a las Cortes Generales. Así es el sistema político y jurídico definido por la Constitución de 1978. Ésa que, por lo visto, resulta tan fácil de reformar.

Situémonos ahora en el plano más técnico-legislativo. Las competencias que hoy por hoy corresponden a las diferentes Administraciones Públicas vienen definidas por las leyes sectoriales, no por un Código General de Régimen Local o por cualquier otro. Y técnicamente no puede ser de otra manera. Otra cosa es que la legislación sectorial, es decir las leyes que regulan la sanidad, educación, servicios sociales, turismo, comercio, medio ambiente y ordenación territorial, transportes, infraestructuras etc… vayan cada una por su lado, a golpe de improvisación y sin una idea de conjunto sobre cómo debería ser la planta, la dimensión, el coste y el reparto de funciones entre ellas. Sólo esa idea de conjunto podría ser definida por una Ley general o una Ley Marco. Pero esa Ley no resolvería por sí misma el caos reinante.

El caos reinante se ha ido guisando a fuego lento y, por la propia naturaleza de nuestro sistema político y legislativo, se necesitará tiempo para desandar lo andado.

Pero este panorama tiene responsables con nombres y apellidos: los de quienes se han perpetuado como sea al frente de la Comunidad Autónoma y de las principales Instituciones del Archipiélago, sin ocuparse de esta cuestión crucial. Aunque ahora se hagan el longui.

Si esa racionalización pudiera llevarse a cabo en el Proyecto de Ley que anuncian Spínola y José Miguel Pérez, esa Ley sería un monumento legislativo tan grande como todas aquéllas leyes sectoriales juntas. Y tardaría un tiempo infinito en elaborarse. Por eso no hay nada parecido ni en los Estados centralistas. Imagínense en los Estados como el nuestro en que el poder legislativo está repartido entre el Estado y las Comunidades Autónomas según las diversas materias y, a veces, hasta sobre una misma materia.

Pero no nos preocupemos. Todo eso lo resuelve la empresa que va a buscar Paulino. Que quede claro que lo que nos cueste no importa. Al fin y al cabo, hacer milagros es caro. Pero bien merece la pena.

martes, 6 de septiembre de 2011

No me transfugues, Pepe

Por Santiago Pérez

R.A.E. Transfugar (a alguien). Dícese de la acción de expulsar en un del Partido en un santiamén a un cargo público para pretender reconvertirlo en tránsfuga e impedir una Moción de Censura o aplicarle la Ley de Fugas, dándole el tiro de gracia.

Me parece bien que se intente impedir que los tránsfugas amañen cambios en el gobierno de las Instituciones. Pero tránsfuga, lo que se dice tránsfuga, se es por la propia conducta. No por reconversión forzosa, ni por expulsión express, orquestada por el aparatista de turno para coaccionar a un cargo de elección popular.

Los Partidos Políticos son los actores principales de la democracia contemporánea. Elaboran los programas electorales, seleccionan a gran parte de los candidatos y deben orientar su actuación en las Instituciones.

Cosa distinta es que tengan mecanismos legales para imponer a los cargos de elección popular instrucciones de obligado cumplimiento. Querrían tener esos mecanismos. Sería el sueño de cualquier aparatista que se precie. Pero no los tienen. Porque, legalmente, los parlamentarios, consejeros insulares o concejales representan a los ciudadanos. No sólo a los que les han votado, sino a todos. A la Nación, como quien dice.

Y el mandato de que les une a los ciudadanos es representativo y no imperativo. ¿O es que vamos a volver a las Cortes Medievales, en las que los diputados llevaban un cuaderno de instrucciones o un cahier de doléances al que tenían que ajustarse estrictamente. Con pena de muerte incluso. Ahora sería peor, porque las órdenes a los representantes no las darían ni siquiera los ciudadanos, sino los burócratas de los partidos políticos.

Para que a uno le apliquen la legislación antitransfuguismo tiene que ser tránfuga previamente. Es decir, abandonar el grupo político de origen por su propio pie, suyo de él. Y después, ponerse manos a la obra. Mismito que hicieron en San Sebastián de La Gomera y en Valle de Gran Rey algunos de Coalición Canaria para después montárselo con el PSOE con las bendiciones urbi et orbe de Casimiro.

Si un Grupo Político, por mayoría, decide presentar una Moción de Censura y cuenta con un número suficiente de firmantes --fíjense, aunque la minoría no acatase la decisión mayoritaria-- esa Moción va a Misa. Y si luego se rompe el Grupo y el Partido Político comunica a la Corporación que los suyos-suyos son los de la minoría que no firmó la Moción, eso está muy bien. Pero de aquí p´alante. De aquí p´atrás no,caballero.

“Tranquilínsensen”. Los de CC porque las reglas que ustedes aprovechan para calzarse el gobierno donde sea, aunque no ganen, valen para todos. Y los de la dirigencia del que era Partido socialista Canarios, y ya no lo es a mayor gloria de Paulino, Oramas y Cía, porque no peligran sus poltronas. Cuanti más débiles y sumisos sean a Ferraz, es decir a Coalición Canaria vía Madrid, más tiempo estarán “tocando poder”. Sólo tocándolo, mucho cuidado.

Entretanto los votantes y militantes pongan a todos estos en su sitio --ya se sabe que no hay blancos que cien años duren, ni espínolas que lo resistan-- no les queda a los socialistas palmeros, herreños (y cada vez más) que entonar un corrido de los Tigres del Norte que hace furor: “No me transfugues, Pepe”.

domingo, 4 de septiembre de 2011

… ESA GENTE!!!... (LOS SOCIALISTAS HERREÑOS)

Por Santiago Pérez


Así se refería el tal Antonio Hernando a los socialistas herreños. El Partido Socialista Obrero Español es una Organización Política de carácter Federal, “basada en la autonomía de sus órganos (los de las colectividades que lo componen, municipales, insulares o provinciales, regionales o de nacionalidad y sectoriales) dentro de las competencias que estatutariamente les corresponden”. Así rezan los artículos 3.4º y 7º y 14.1º de los Estatutos Federales y el artículo 1 del Reglamento de Estructura y Funcionamiento del Partido, vigentes actualmente.

Estos días oigo a algunos de la dirigencia socialista, de los que Ana Oramas parece haberse convertido en portavoz autorizada, balbucear que van a expulsar a Alpidio Armas para desactivar la Moción de Censura en el Cabildo Insular de Hierro (El). Lo pongo así, porque supongo que así, sin “El”, lo pronunciará el tal Hernando.

Lo del carácter federal lo subrayo porque, tratándose la Moción de Censura en el Cabildo de una cuestión genuinamente insular donde las “haiga”, me tendrá alguien que explicar cuál es el fundamento legal de cualquier sanción contra los consejeros insulares socialistas herreños.

Porque una cosa es que los expulsen y otra que la expulsión esté política y jurídicamente justificada. Porque si no lo está, podrá ser recurrida ante los Tribunales por vulnerar derechos de participación política, que son derechos fundamentales: A) el derecho a afiliarse a un Partido, que conlleva el de permanecer en él y el de no ser sancionado injustamente; y B), el de desempeñar en plenitud el cargo público para el que uno ha sido elegido (“ius in officio”) que, en el caso de Alpidio, implica el de ejercer todas las facultades propias del cargo de consejero del cabildo, incluida la de firmar una Moción de Censura, y la de ser candidato a la presidencia de la Corporación Insular ya que fue cabeza de lista electoral.

Si la finalidad de una expulsión exprés es bloquear una Moción de Censura, cualquier persona en uso de sus facultades mentales sabe que, al ser recurrible, no es firme. Y por lo tanto no puede producir efecto alguno en una órbita diferente a la de la vida interna del Partido, como es una Institución Pública de carácter representativo. Y en el Partido producirá algún efecto provisional porque ya se encargarán de aplicarla manu militari los ejecutivos socialistas reconvertidos en esbirros de Coalición Canaria por estos andurriales. Porque si no, ni eso.

Por lo tanto: Lobos No, Gracias. Que, aunque el tal Hernando y Blanco no lo crean, aquí no estamos en taparrabos. Y jurídicamente tampoco.

Hablemos en serio.

- La Moción de Censura está correctamente presentada desde el punto de vista jurídico. Su justificación política, --que me supongo que tendrá que ver con la alternancia política en la Isla del Meridiano, después de décadas de hegemonía de AHI--, tendrán que explicarla los promotores.

El examen de si cumple o no los requisitos legales, incluida la legitimación de los firmantes, ha de referirse necesariamente al momento de presentarla. Es una exigencia del principio de seguridad jurídica. Eso de que “te expulso mañana para invalidar lo que hiciste ayer” vamos a tomarlo como una broma. ¡Yo no lo haría, forastero!

- Las normas de procedimiento tienen una especial fuerza vinculante en el Estado de Derecho. Son normas “de orden público”. Y en particular las que regulan la constitución y la elección del gobierno de las Instituciones políticas. Y su destitución a través de la moción de censura y la cuestión de confianza. Porque garantizan la aplicación de la regla de las mayorías, esencial en la democracia. El que juegue con ellas juega con fuego. Y se puede quemar. No sólo en el terreno del Derecho Administrativo. Sino en el del Código Penal.

- No es lo mismo Tránsfuga que Expulsado. Un tránsfuga lo es exclusivamente por su propia conducta, al abandonar voluntariamente el Grupo Político que representa a la candidatura electoral por la que fue elegido para el cargo público. Además, la condición de tránsfuga ha de ser previa (a la tramitación de la Moción). Nunca sobrevenida. Ni impuesta.

- Por el contrario, y para no entrar en profundidades, uno puede ser expulsado simplemente por no hacerle el rendez-vous al pepeblanco de turno y espetarle que con los asuntos canarios no se trapichea. Expulsar a alguien para convertirlo en tránsfuga podría colar en una pandilla de adolescentes. Pero entre gente de más de dieciocho años…!

- Finalmente. Las Instituciones no representan jurídicamente a los partidos políticos, sino a los ciudadanos. Y los cargos públicos de elección popular, también. Nuestro sistema político es de base representativa. Permitirle a los partidos políticos, por medio de cualquier treta, bloquear el ejercicio de las facultades de un parlamentario, consejero insular o concejal, sería tanto como restablecer el mandato imperativo, como en los Parlamentos medievales o en aquellas Cortes a las que sólo convocaban los monarcas del Antiguo Régimen para que autorizaran nuevos impuestos. Y, a veces, ni para eso.

Pero con una diferencia, a peor: que los “cuadernos de instrucciones” --así se llamaban-- no los darían los votantes, sino esos entes tan refractarios a la democratización interna que son los partidos.

- Oséase: la única forma de impedir la Moción es que alguno de los firmantes se eche atrás y no la vote. Y no porque, entonces, los demás se conviertan en tránsfugas ni por ninguna zarandaja por el estilo. Sino porque, bien presentada como está, ya no contará con la mayoría absoluta en el momento de la votación. Que es el de la verdad.

viernes, 26 de agosto de 2011

Reforma, involución y precedente

El constitucionalismo es fruto de una corriente de pensamiento que pretende el control y la limitación del poder político por medio del derecho. En la cultura occidental tiene hondas raíces. Ni surgió súbitamente, ni es fruto de un descubrimiento genial.

En Europa continental, la aspiración del constitucionalismo durante gran parte del siglo XX ha sido la de consolidar la Constitución como norma jurídica, no como un mero documento político y programático: la Norma Fundamental del ordenamiento jurídico de un país. Ni ha sido tarea fácil, ni está nunca del todo culminada.

El carácter de norma fundamental no es caprichoso. Está basado en que el procedimiento para aprobar la Constitución y su contenido realzan que estamos en presencia de un gran acuerdo social y político que funda, o refunda, el modelo de sociedad, el fundamento y el funcionamiento del poder político sobre valores de libertad (aportación del liberalismo político) y de solidaridad (aportación del socialismo y origen del Estado Social).

Su condición de Ley, y de Ley Fundamental, viene garantizada por técnicas y mecanismos jurídicos al servicio de la rigidez de la Constitución y del control de la constitucionalidad de las Leyes, para evitar su modificación por el legislador ordinario.

Pero esos mecanismos y garantías jurídicas no se sustentan solos, ni actúan alimentados por una desconocida fuente de energía. Son imprescindibles, pero no suficientes. Necesitan de una correlación de fuerzas en la sociedad que los respalde. De una ciudadanía convencida de que sobre estos valores y estos conceptos y mecanismos jurídicos se asienta la mejor forma de convivencia, el mejor modelo de sociedad.

La Constitución de 1978 consagró importantes acuerdos para resolver asuntos y tensiones que han desgarrado la sociedad española prácticamente desde siempre. Autoritarismo-libertad (histórica y simbólicamente identificado con la contraposición monarquía-república), centralismo-federalismo (con su trasfondo de unidad y uniformismo frente a diversidad territorial), confesionalidad o laicismo de la sociedad y del Estado y, por fin, esa fórmula de equilibrio entre capital y trabajo que ha pretendido lograr el Estado Social, allí donde por determinados factores ha resultado viable: en realidad muy pocos países, y no durante demasiado tiempo, a lo largo y ancho del mundo.

Por todo eso es tan importante preservar la auctoritas de la Constitución: esa especie de fuerza moral que apuntala su aplicación efectiva y su capacidad para ordenar el funcionamiento de la sociedad.

La reforma de la Constitución requiere toda una liturgia, un procedimiento diferente al que se utiliza para aprobar y modificar las Leyes que regulan la realidad económica, social y política de un Estado en el marco fijado por la Constitución. Esa liturgia no es sólo jurídica, sino política. Es una liturgia de convocatoria y debate entre los ciudadanos, frecuentemente culminada con votación en Referéndum.

Por todo eso, improvisar una Reforma constitucional, en un clima de legislatura agonizante, tratando de quitar trascendencia a su objeto con la finalidad de ahorrar participación ciudadana y referéndum, es darle un golpe bajo a la Constitución y a lo que representa.

Estoy convencido de que la Reforma que proponen Zapatero y Rajoy, bajo la mirada de gran-germana de Merkel, afecta la soberanía popular y a la igualdad, principios que inspiran el Estado democrático y social, aspectos fundamentales del modelo de organización del poder, de la sociedad, y de las relaciones entre ambos, que consagra la Constitución Española.

Si estoy en lo cierto, el debate sobre la Reforma constitucional y el procedimiento para tramitarla tiene una trascendencia que no puede ser ocultada. De ahí la gravedad de lo que intentan sus promotores.

Además, si se reforma en un abrir y cerrar de ojos y sin referéndum, como pretende, se habrá establecido un importante precedente. La limitación y control del poder político es la finalidad titánica del Constitucionalismo. Es, en realidad, tarea primordial de la Civilización. El poder, hasta en sus más toscas manifestaciones, lleva en su ADN la resistencia a todo tipo de control. De ahí la importancia de todo precedente: de los que refuerzan la autoridad de la Constitución y de los que la devalúan. Que es el caso que no ocupa.

Mejor lo explico con un ejemplo. El artículo que se va a modificar, el 135, no forma parte del núcleo duro de la Constitución, que está protegido por el procedimiento agravado de Reforma que requiere aprobación inicial, disolución de las Cortes y elecciones, aprobación por la nueva legislatura (todo con quórums reforzados) y referéndum. Pero su nuevo contenido si afecta al principio democrático y a la cláusula del Estado social, que sí están superprotegidos como todos los preceptos del Título Preliminar.

Con este precedente, quién podría impedir que se revisara en un futuro, lejano o cercano, el Título VIII de la Constitución por el mismo procedimiento de Reforma “simplificado” que pretenden utilizar ahora, sin disolución de la legislatura, ni elecciones, ni referéndum, para poner en marcha una orientación neocentralizadora de la organización territorial del Estado, por la que suspiran desde siempre tantos sectores de una envalentonada derecha.

Porque, a fin de cuentas, el Título VIII tampoco está superprotegido. Aunque el Estado de las Autonomías tenga su regulación constitucional en ese Título, su fundamento está en el artículo 2, del Título Preliminar, que reconoce el derecho de autonomía a nacionalidades y regiones y el principio de solidaridad entre ellas. Es una posibilidad prácticamente superponible a la Reforma anunciada. ¿O no?

En la política, como en la vida, es peligroso quedarse sin argumentos. Los que proponen esta Reforma y quienes la acepten sin rechistar. ¿Cómo se las arreglarían para explicar que esta Reforma SÍ, a pesar de su carácter involutivo democrática y socialmente, y en un futuro oponerse a otra del mismo calado, por el mismo procedimiento y sin referéndum?

miércoles, 24 de agosto de 2011

Diputaciones reconvertidas

La supresión de las Diputaciones Provinciales ha centrando una parte del debate político en las últimas semanas, a raíz de una iniciativa probablemente planteada en términos bastantes superficiales por el equipo electoral de Alfredo Pérez Rubalcaba.

El candidato socialista, haciéndose eco de algunas otras voces, dijo que en nuestro país existe una administración excesivamente compleja y costosa. Y que las tijeras había que emplearlas a fondos para reducir ese coste, suprimiendo las Diputaciones Provinciales. A partir de ahí, probablemente habrá reflexionado algo más, ya que en los últimos días no habla de suprimir las Diputaciones sino de reconvertirlas en “consejos de alcaldes” y privarlas prácticamente de sus competencias y de su estructura política y administrativa.
                                             

Sin embargo, en Canarias, han empezado a escucharse muchas voces y muchos comentarios para todos los gustos, que en general tienen un común denominador: se emiten olvidando que la Constitución existe. Pues la Constitución no sólo reconoce la autonomía de nacionalidades y regiones sino que también reconoce y ampara otras realidades territoriales, como las provincias, las islas y los municipios, y les reconoce autonomía, es decir, garantiza su existencia y un espacio competencial, que como dice el Tribunal Constitucional, las haga reconocibles.

Además están olvidando esas voces que tanto las diputaciones, como los cabildos y los ayuntamientos pueden ya directamente dirigirse al Tribunal Constitucional en defensa de su autonomía. Cosa que no ocurría al principio de esta etapa democrática y que es el fruto de una última modificación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Desconociendo estos elementos fundamentales de nuestro sistema político, no se puede estar hablando de este asunto con superficialidad. De tal forma que:

Primero.- Las provincias, las islas y los municipios tienen una realidad por la, una proyección institucional y un ámbito de autonomía reconocidos y protegidos por la Constitución. Todo esto se conoce jurídicamente como la “garantía institucional” de la autonomía local y se reconoce así en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Si eso es así, ni se las puede suprimir, ni se las puede vaciar de competencias, porque esto implicaría una transformación en profundidad de nuestro sistema político, basado en una amplia descentralización del poder, que requiere una reforma constitucional.

Segundo.- Si el recorte de gastos se pretende hacer reduciendo las competencias de las diputaciones (y eventualmente de los cabildos insulares canarios, consejos insulares de Baleares o de los municipios) esto no es algo que pueda decidir por su cuenta el Estado. Ya que la definición de las competencias de las entidades locales son el resultado de la acción de dos poderes legislativos: el del Estado y de las Comunidades Autónomas. Luego no puede el gobierno de España, ni las Cortes Generales, por su sola autoridad recortar el ámbito competencial de las entidades locales.

Tercero.- Si se afrontara esa tarea, sería tan compleja técnicamente que en la Ley de Régimen Local habría que concentrar todo nuestro Derecho Administrativo. Regular en detalle que competencias puede tener una Diputación, un Cabildo, un Ayuntamiento en materia de urbanismo, servicios sociales, cultura, tráfico, seguridad, transporte, recogida y tratamiento de residuos, abastecimiento de agua agricultura, educación, deporte, etc., requiere trabajar sobre la legislación que regula todas esas materias. Y, por lo tanto, acabaría concentrándose todo o gran parte de nuestro Derecho Administrativo en la Ley de Régimen Local. Y eso técnicamente es imposible.

Soy plenamente consciente, al igual que mis compañeros que integran la coalición POR TENERIFE (I.U., Los Verdes de Canarias/Equo y SocialistasXTF) de que en estos tiempos la defensa del Estado democrático y Social requiere ser muy riguroso con cada euro de gasto público. Y creemos que hay un camino mucho más modesto, más riguroso y más eficaz, que es el siguiente: El Estado dirige la política del país y, en consecuencia, la política económica y presupuestaria. Así lo dispone la Constitución.

Pues bien: ejerciendo estas competencias (arts. 97, 131, 149.1.13 y 14 de la Constitución, y un largo etc..) se puede establecer límites muy precisos al gasto de las entidades territoriales, sobre todo en su aparato político, en el número de personas que cobran por formar parte de los gobiernos municipales, sus asesores, etc. Esto lo puede decidir el Estado ejerciendo sus competencias. Este es un camino mucho más sencillo, mucho más eficaz y constitucionalmente correcto.

Pero el Estado tendría que emplearlo no sólo para recortar el “gasto político” de las entidades locales, sino también su propio gasto político y el de las Comunidades Autónomas. Es decir, habría que actuar equilibradamente sobre los cuatro niveles territoriales en los que se organiza nuestro sistema político: el estatal, autonómico, provincial-insular y municipal. Y en sus respectivas Instituciones y Administraciones Públicas.

Una última cuestión.- Nuestro país -me refiero a España- es muy dado a grandes ideas y propuestas legislativas para resolver los males de la Patria que, cuando se aplican, pueden crear más problemas que los que intentan resolver. A esa tradición se ha llamado históricamente “arbitrismo”.
Lo explico con un ejemplo. Los canarios sabemos que cada isla tiene una personalidad propia, basada en la geografía, en la historia, en sentimientos de pertenencia etc... Las personas que viven en cada isla tienen conciencia de su identidad. El cabildo insular la encarna institucionalmente. Por eso sería muy difícil en Canarias suprimir los cabildos. Nadie lo ha planteado.

Pero ¿Qué ocurre con las Diputaciones Provinciales? ¿Todas las provincias de la península tienen la misma entidad sociológica, histórica, política? ¿Qué podría ocurrir si se suprimieran las diputaciones o se las reconvirtiera en cáscaras vacías de contenido? Brotaría un semillero de problemas de identidad, de dificultades en los servicios de los municipios más pequeños y surgirían reivindicaciones “identitarias” muy difíciles de encauzar . Les pongo un ejemplo: Castilla y León. Todo el mundo recuerda que cuando se constituyeron las Comunidades Autónomas hubo problemas con provincias como León con notable entidad histórica. ¿Qué ocurriría en Andalucía, por ejemplo con Granada o con Córdoba, si vieran que se suprimen su diputaciones provinciales?

Hay muchas provincias con entidad histórica que hoy son comunidades autónomas uniprovinciales (Asturias, Cantabria, Navarra…). Podemos imaginarnos qué ocurriría con aquellas provincias que teniendo entidad histórica propia se vieron incorporadas a una Comunidad Autónoma en la que no ostentan la capitalidad, si se vieran de repente despojadas de su representación única institucional: la Diputación Provincial.

Por lo tanto, sobre este tipo de asuntos, aconsejo al candidato del Partido Socialista y a los que están opinando que lo hagan con un poco más de prudencia y de rigor. Que no olviden que la Constitución española y, por lo tanto, nuestro sistema político es el que es; que para establecer determinados cambios en la organización territorial del poder hay que reformar la Constitución; que las diputaciones, cabildos y consejos insulares y los ayuntamientos no sólo son administraciones públicas sino también representan identidades, son Instituciones representativas. Y no se olviden que tienen acceso directo al Tribunal Constitucional en defensa de su existencia, autonomía y competencias.

Y que no olviden que las competencias de las Entidades Locales son el fruto de un poder legislativo muy complejo, tan complejo como la distribución de competencias legislativas entre las Cortes Generales y los Parlamentos Autonómicos. Intentar volver a definir todas las competencias (de Diputaciones, Cabildos o Ayuntamientos) en un solo código es una tarea constitucionalmente delicada, legislativamente compleja y técnicamente inabarcable.

Por lo tanto, recorte de gasto sí. Recorte del gasto del aparato político desde luego. Pero hay que hacerlo en todos los niveles de la organización estatal y para hacerlo no hace falta ni suprimir diputaciones, ni cabildos. Sólo hace falta que el Estado ejerza sus competencias de dirección política del país, en el ámbito económico y presupuestario. Igual que lo hace habitualmente en tantos aspectos macroéconomicos.

Termino, con otro ejemplo. Supóngase que hay una norma estatal que dice que los políticos que pueden estar cobrando del presupuesto municipal, asesores y personal de confianza incluidos, solo pueden ser una fracción de los que componen el Pleno de un ayuntamiento o de un Cabildo. De la misma forma, que la legislación estatal sobre Régimen Local establece que la Junta de Gobierno sólo puede estar formada por la tercera parte de los miembros de la Corporación Local.

Pero ese mismo criterio restrictivo habrá que adoptarlo con respecto a los cargos políticos de las Comunidades Autónomas y del Gobierno y la Administración del Estado.

No se olvide, por último, que en la estructura del poder político real de España, y en la estructura de los Partidos (muy en especial, en el PP) el escalón provincial es muy importante en muchas regiones. Y se expresa a través de las diputaciones. Desmontarlo “por Decreto” desencadenaría respuestas fulminantes enmascaradas en todo tipo de agravios y relatos de mitología provincial, literatura en la que los barones territoriales de todo pelaje llevan el grado de excelencia en el ADN.

Cuando se hacen propuestas sin tener en cuenta, primero, como es nuestro ordenamiento jurídico y, segundo, cuando se toman decisiones sin tomar en cuenta nuestra realidad política, mal asunto.

miércoles, 17 de agosto de 2011

LA CANDELARIA Y LA FINANCIACIÓN AUTONÓMICA

Estoy completamente seguro que Paulino les consultó. Me refiero a Paco Spínola y a Julio Cruz, antes de proclamar en Candelaria -en esa especie de mensaje de la Corona, que los presidentes se han acostumbrado a dirigirnos el día de la Patrona de Canarias- que lo que conviene al Archipiélago es un sistema de financiación bilateral singularizado, ya que “no tenemos nada absolutamente que ver con otras regiones españolas”. Vale.

Nada de esto dice el acuerdo programático entre José Miguel Pérez (es un decir) y Paulino Rivero. Lo que sí dice es que quedarán supeditadas a acuerdo en el seno del Gobierno las estrategias concernientes a las relaciones Canarias-Estado (punto 9 a, pág.4).

Al menos en algún discreto bisbiseo durante la celebración litúrgica les habrá adelantado lo que iba a anunciar a continuación, para ir completando el vademécum que Coalición Canaria les impone a sus rozagantes nuevos aliados como discurso oficial del Gobierno.

Me gustaría que alguien me explicara por qué conviene a Canarias, que ha venido siendo beneficiaria neta de mecanismos de solidaridad del Sistema de Financiación Común y disfruta, además, de un Régimen Económico y Fiscal propio a cuyo cobijo, por ejemplo, no se aplica el IVA y los impuestos indirectos que pagamos los canarios se destinan exclusivamente a las Administraciones Canarias, -sin que ello sea óbice para que nos beneficiemos en pie de igualdad con las demás regiones de Fondos estatales que, como el de Cooperación Local, al que el propio Paulino no sé si en un alarde de desparpajo o de ignorancia se refiere en su alocución agosteña, se financian fundamentalmente con impuestos indirectos que pagan los contribuyentes de otras regiones con - las-que-no-tenemos-absolutamente-nada-que-ver- ….! déjenme coger resuello!..., digo por qué conviene a Canarias salirse de su actual statu quo cuando, para más inri, nuestra renta per cápita no hace sino alejarse de la media estatal.

Porque un sistema bilateral conviene, por principio, a aquellas Comunidades Autónomas que están en los puestos de cabeza en renta per cápita y a las que el sistema de financiación común convierte en contribuyentes netas a la solidaridad interterritorial. Con un sistema bilateral podrían reducir su aportación a la solidaridad o, como dice Durán i Lleida, no seguir siendo siempre (los catalanes) los que paguemos la solidaridad.

Que si reformar el Estatuto para tener más competencias, pero sin reforma del sistema electoral… que si controles poblacionales y el trabajo para los canarios, porque (chsss, no se lo digan a nadie!!!) el Estado y los inmigrantes tiene la culpa de todos nuestros males…

Por eso estoy convencido de que antes de desempolvar para ocasión tan señalada la viejo melopea coalicionera del sistema de financiación bilateral y, sobre todo, antes de contarnos que “el Archipiélago lleva mucho tiempo andando hacia la recuperación económica” (aunque tengamos un 30% de paro, porque ni éste ni anteriores gobiernos de CC tienen nada que ver con eso, mucho cuidado con eso), Paulino les pasó el discursito a Paco Spínola y a Julio Cruz solicitando venia para darlo a conocer. Y se la dieron. Porque este es un único Gobierno en el que Coalición Canaria tiene el poder y pone el discurso.

miércoles, 3 de agosto de 2011

Las contrapartidas de ZP a CC

El concejal de la coalición Por Tenerife (XTF) -que engloba a Izquierda Unida, Los Verdes y Socialistas por Tenerife- en La Laguna Santiago Pérez asegura que Coalición Canaria (CC) exigió al Gobierno de España “sujetar a los socialistas canarios como comparsa”.

Según ha declarado Pérez, preguntado por el adelanto electoral, “ahora que oigo decir a Paulino Rivero que parece una buena decisión, uno comprueba que las contrapartidas que supuestamente exigió CC para apoyar al Gobierno de España no eran las que habían dicho”.

Entre éstas estarían tanto una posición más dócil de los socialistas canarios como “llevar adelante la reforma del Estatuto de Autonomía sin sistema electoral”. Pérez ve que, ahora que se disuelven las cortes y el Gobierno de España no ha podido cumplir los principales compromisos que adquirió, “a CC le da lo mismo porque los compromisos reales sí que los cumplió”.

Así, los nacionalistas habrían logrado “sujetar al PSC y convertirlos en una comparsa del Gobierno en la que la composición y el programa los dicta CC”. Éste es, según el edil lagunero, uno de los efectos de esta convocatoria, que “impide una maniobra muy bien pensada de CC que se aprovecha, como en otras tantas ocasiones, de lo que ha sido debilidad del gobierno socialista e instrumentalización por parte del PSOE de su representación en Canarias”.

Esta reforma “a toda velocidad” del Estatuto de Autonomía se habría producido, según Santiago Pérez, “bajo la divisa de CC: más competencias”. “CC siempre tiene una excusa para no dar balance de su larguísima y negativa gestión al frente del Gobierno de Canarias”, incidió.

Santiago Pérez critica que CC acusa a que “vienen los inmigrantes que nos impiden alcanzar los objetivos de empleo y de calidad de los servicios públicos esenciales o que no tenemos competencias para hacer bien las cosas, peron nunca reconoceránes que lo hemos hecho mal”.

El que fuera diputado en el Parlamento de Canarias y senador durante su prolongada militancia en el PSC considera que “lo prioritario para Canarias no son más competencias, sino más democracia”. Más democracia, para Pérez, es “cambiar la ley electoral y hacerlo como condición para reformar el Estatuto de Autonomía”.

El diputado recuerda cómo el actual sistema electoral “no se aprobó aquí, sino en las Cortes Generales en 1982 y en 1996”. Entonces, “aprovecharon los representantes de CC, recién creada, la debilidad del primer gobierno Aznar para imponer un sistema electoral profundamente antidemocrático”.

La hoja de ruta es que, ahora, “querían aprovechar la debilidad del gobierno socialista para blindar ese sistema para siempre, reformando el Estatuto sin reformar el sistema electoral”. “Esto ha fracasado, afortunadamente, porque lo tenían muy bien medido”, celebra Pérez.

domingo, 24 de julio de 2011

EL JUEZ ORDINARIO, EL FUERO DE ZEROLO Y EL VICECONSEJERO DE SPÍNOLA

...me producen verdadera perplejidad las consideraciones del recién estrenado viceconsejero de Justicia sobre la estampida de Zerolo… el Fuero de los parlamentarios es una derogación del principio de que todos debemos ser juzgado por el juez competente, el juez predeterminado por la Ley antes de que se produzcan los hechos y el conflicto que debe ser resuelto judicialmente… el Juez competente para instruir el caso Las Teresitas, como el caso Mamotreto, el caso Parque Marítimo o la hijuela tinerfeña ( y zeroliana?) del caso Forum Filatélico es un juez instructor de los de Santa Cruz de Tenerife… las investigaciones sobre las actuaciones del diputado Zerolo, ahora emigrado al Senado, han atraído el caso hacia el TSJC y al Tribunal Supremo por su condición de aforado… convertirse en parlamentario para aforarse no es un fraude procesal, sino un fraude de ley, que consiste en utilizar una garantía que el ordenamiento establece para conseguir fines -evitar que sean investigados por el juez competente hechos que pueden tener naturaleza delictiva cometidos antes de ser parlamentario, aplazar injustificadamente el fin de la investigación y el jucio…- que pervierten completamente el fuero de los parlamentarios y su razón de ser, si es que le queda alguna en una sociedad democrática…

…mal principio del viceconsejero de justicia… casi tan malo como el de su mentor Spínola que, olvidándose que por fin es consejero de JUSTICIA E IGUALDAD, calificó enfáticamente el episodio de Casimiro Curbelo como “asunto privado”… yo tenía entendido que el PSOE consideraba la prostitución como una variante de la violencia de género… pero eso debe ser sólo en la Península… lo mismo que la doctrina sobre imputados y listas electorales…

…y todo para encubrir el silencio y la complicidad vergonzantes de los dirigentes socialistas ante una elección, la de Zerolo como senador en representación de Canarias, que demuestra que la degradación de la política ha tocado fondo en estas Islas…