viernes, 26 de agosto de 2011

Reforma, involución y precedente

El constitucionalismo es fruto de una corriente de pensamiento que pretende el control y la limitación del poder político por medio del derecho. En la cultura occidental tiene hondas raíces. Ni surgió súbitamente, ni es fruto de un descubrimiento genial.

En Europa continental, la aspiración del constitucionalismo durante gran parte del siglo XX ha sido la de consolidar la Constitución como norma jurídica, no como un mero documento político y programático: la Norma Fundamental del ordenamiento jurídico de un país. Ni ha sido tarea fácil, ni está nunca del todo culminada.

El carácter de norma fundamental no es caprichoso. Está basado en que el procedimiento para aprobar la Constitución y su contenido realzan que estamos en presencia de un gran acuerdo social y político que funda, o refunda, el modelo de sociedad, el fundamento y el funcionamiento del poder político sobre valores de libertad (aportación del liberalismo político) y de solidaridad (aportación del socialismo y origen del Estado Social).

Su condición de Ley, y de Ley Fundamental, viene garantizada por técnicas y mecanismos jurídicos al servicio de la rigidez de la Constitución y del control de la constitucionalidad de las Leyes, para evitar su modificación por el legislador ordinario.

Pero esos mecanismos y garantías jurídicas no se sustentan solos, ni actúan alimentados por una desconocida fuente de energía. Son imprescindibles, pero no suficientes. Necesitan de una correlación de fuerzas en la sociedad que los respalde. De una ciudadanía convencida de que sobre estos valores y estos conceptos y mecanismos jurídicos se asienta la mejor forma de convivencia, el mejor modelo de sociedad.

La Constitución de 1978 consagró importantes acuerdos para resolver asuntos y tensiones que han desgarrado la sociedad española prácticamente desde siempre. Autoritarismo-libertad (histórica y simbólicamente identificado con la contraposición monarquía-república), centralismo-federalismo (con su trasfondo de unidad y uniformismo frente a diversidad territorial), confesionalidad o laicismo de la sociedad y del Estado y, por fin, esa fórmula de equilibrio entre capital y trabajo que ha pretendido lograr el Estado Social, allí donde por determinados factores ha resultado viable: en realidad muy pocos países, y no durante demasiado tiempo, a lo largo y ancho del mundo.

Por todo eso es tan importante preservar la auctoritas de la Constitución: esa especie de fuerza moral que apuntala su aplicación efectiva y su capacidad para ordenar el funcionamiento de la sociedad.

La reforma de la Constitución requiere toda una liturgia, un procedimiento diferente al que se utiliza para aprobar y modificar las Leyes que regulan la realidad económica, social y política de un Estado en el marco fijado por la Constitución. Esa liturgia no es sólo jurídica, sino política. Es una liturgia de convocatoria y debate entre los ciudadanos, frecuentemente culminada con votación en Referéndum.

Por todo eso, improvisar una Reforma constitucional, en un clima de legislatura agonizante, tratando de quitar trascendencia a su objeto con la finalidad de ahorrar participación ciudadana y referéndum, es darle un golpe bajo a la Constitución y a lo que representa.

Estoy convencido de que la Reforma que proponen Zapatero y Rajoy, bajo la mirada de gran-germana de Merkel, afecta la soberanía popular y a la igualdad, principios que inspiran el Estado democrático y social, aspectos fundamentales del modelo de organización del poder, de la sociedad, y de las relaciones entre ambos, que consagra la Constitución Española.

Si estoy en lo cierto, el debate sobre la Reforma constitucional y el procedimiento para tramitarla tiene una trascendencia que no puede ser ocultada. De ahí la gravedad de lo que intentan sus promotores.

Además, si se reforma en un abrir y cerrar de ojos y sin referéndum, como pretende, se habrá establecido un importante precedente. La limitación y control del poder político es la finalidad titánica del Constitucionalismo. Es, en realidad, tarea primordial de la Civilización. El poder, hasta en sus más toscas manifestaciones, lleva en su ADN la resistencia a todo tipo de control. De ahí la importancia de todo precedente: de los que refuerzan la autoridad de la Constitución y de los que la devalúan. Que es el caso que no ocupa.

Mejor lo explico con un ejemplo. El artículo que se va a modificar, el 135, no forma parte del núcleo duro de la Constitución, que está protegido por el procedimiento agravado de Reforma que requiere aprobación inicial, disolución de las Cortes y elecciones, aprobación por la nueva legislatura (todo con quórums reforzados) y referéndum. Pero su nuevo contenido si afecta al principio democrático y a la cláusula del Estado social, que sí están superprotegidos como todos los preceptos del Título Preliminar.

Con este precedente, quién podría impedir que se revisara en un futuro, lejano o cercano, el Título VIII de la Constitución por el mismo procedimiento de Reforma “simplificado” que pretenden utilizar ahora, sin disolución de la legislatura, ni elecciones, ni referéndum, para poner en marcha una orientación neocentralizadora de la organización territorial del Estado, por la que suspiran desde siempre tantos sectores de una envalentonada derecha.

Porque, a fin de cuentas, el Título VIII tampoco está superprotegido. Aunque el Estado de las Autonomías tenga su regulación constitucional en ese Título, su fundamento está en el artículo 2, del Título Preliminar, que reconoce el derecho de autonomía a nacionalidades y regiones y el principio de solidaridad entre ellas. Es una posibilidad prácticamente superponible a la Reforma anunciada. ¿O no?

En la política, como en la vida, es peligroso quedarse sin argumentos. Los que proponen esta Reforma y quienes la acepten sin rechistar. ¿Cómo se las arreglarían para explicar que esta Reforma SÍ, a pesar de su carácter involutivo democrática y socialmente, y en un futuro oponerse a otra del mismo calado, por el mismo procedimiento y sin referéndum?

miércoles, 24 de agosto de 2011

Diputaciones reconvertidas

La supresión de las Diputaciones Provinciales ha centrando una parte del debate político en las últimas semanas, a raíz de una iniciativa probablemente planteada en términos bastantes superficiales por el equipo electoral de Alfredo Pérez Rubalcaba.

El candidato socialista, haciéndose eco de algunas otras voces, dijo que en nuestro país existe una administración excesivamente compleja y costosa. Y que las tijeras había que emplearlas a fondos para reducir ese coste, suprimiendo las Diputaciones Provinciales. A partir de ahí, probablemente habrá reflexionado algo más, ya que en los últimos días no habla de suprimir las Diputaciones sino de reconvertirlas en “consejos de alcaldes” y privarlas prácticamente de sus competencias y de su estructura política y administrativa.
                                             

Sin embargo, en Canarias, han empezado a escucharse muchas voces y muchos comentarios para todos los gustos, que en general tienen un común denominador: se emiten olvidando que la Constitución existe. Pues la Constitución no sólo reconoce la autonomía de nacionalidades y regiones sino que también reconoce y ampara otras realidades territoriales, como las provincias, las islas y los municipios, y les reconoce autonomía, es decir, garantiza su existencia y un espacio competencial, que como dice el Tribunal Constitucional, las haga reconocibles.

Además están olvidando esas voces que tanto las diputaciones, como los cabildos y los ayuntamientos pueden ya directamente dirigirse al Tribunal Constitucional en defensa de su autonomía. Cosa que no ocurría al principio de esta etapa democrática y que es el fruto de una última modificación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Desconociendo estos elementos fundamentales de nuestro sistema político, no se puede estar hablando de este asunto con superficialidad. De tal forma que:

Primero.- Las provincias, las islas y los municipios tienen una realidad por la, una proyección institucional y un ámbito de autonomía reconocidos y protegidos por la Constitución. Todo esto se conoce jurídicamente como la “garantía institucional” de la autonomía local y se reconoce así en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Si eso es así, ni se las puede suprimir, ni se las puede vaciar de competencias, porque esto implicaría una transformación en profundidad de nuestro sistema político, basado en una amplia descentralización del poder, que requiere una reforma constitucional.

Segundo.- Si el recorte de gastos se pretende hacer reduciendo las competencias de las diputaciones (y eventualmente de los cabildos insulares canarios, consejos insulares de Baleares o de los municipios) esto no es algo que pueda decidir por su cuenta el Estado. Ya que la definición de las competencias de las entidades locales son el resultado de la acción de dos poderes legislativos: el del Estado y de las Comunidades Autónomas. Luego no puede el gobierno de España, ni las Cortes Generales, por su sola autoridad recortar el ámbito competencial de las entidades locales.

Tercero.- Si se afrontara esa tarea, sería tan compleja técnicamente que en la Ley de Régimen Local habría que concentrar todo nuestro Derecho Administrativo. Regular en detalle que competencias puede tener una Diputación, un Cabildo, un Ayuntamiento en materia de urbanismo, servicios sociales, cultura, tráfico, seguridad, transporte, recogida y tratamiento de residuos, abastecimiento de agua agricultura, educación, deporte, etc., requiere trabajar sobre la legislación que regula todas esas materias. Y, por lo tanto, acabaría concentrándose todo o gran parte de nuestro Derecho Administrativo en la Ley de Régimen Local. Y eso técnicamente es imposible.

Soy plenamente consciente, al igual que mis compañeros que integran la coalición POR TENERIFE (I.U., Los Verdes de Canarias/Equo y SocialistasXTF) de que en estos tiempos la defensa del Estado democrático y Social requiere ser muy riguroso con cada euro de gasto público. Y creemos que hay un camino mucho más modesto, más riguroso y más eficaz, que es el siguiente: El Estado dirige la política del país y, en consecuencia, la política económica y presupuestaria. Así lo dispone la Constitución.

Pues bien: ejerciendo estas competencias (arts. 97, 131, 149.1.13 y 14 de la Constitución, y un largo etc..) se puede establecer límites muy precisos al gasto de las entidades territoriales, sobre todo en su aparato político, en el número de personas que cobran por formar parte de los gobiernos municipales, sus asesores, etc. Esto lo puede decidir el Estado ejerciendo sus competencias. Este es un camino mucho más sencillo, mucho más eficaz y constitucionalmente correcto.

Pero el Estado tendría que emplearlo no sólo para recortar el “gasto político” de las entidades locales, sino también su propio gasto político y el de las Comunidades Autónomas. Es decir, habría que actuar equilibradamente sobre los cuatro niveles territoriales en los que se organiza nuestro sistema político: el estatal, autonómico, provincial-insular y municipal. Y en sus respectivas Instituciones y Administraciones Públicas.

Una última cuestión.- Nuestro país -me refiero a España- es muy dado a grandes ideas y propuestas legislativas para resolver los males de la Patria que, cuando se aplican, pueden crear más problemas que los que intentan resolver. A esa tradición se ha llamado históricamente “arbitrismo”.
Lo explico con un ejemplo. Los canarios sabemos que cada isla tiene una personalidad propia, basada en la geografía, en la historia, en sentimientos de pertenencia etc... Las personas que viven en cada isla tienen conciencia de su identidad. El cabildo insular la encarna institucionalmente. Por eso sería muy difícil en Canarias suprimir los cabildos. Nadie lo ha planteado.

Pero ¿Qué ocurre con las Diputaciones Provinciales? ¿Todas las provincias de la península tienen la misma entidad sociológica, histórica, política? ¿Qué podría ocurrir si se suprimieran las diputaciones o se las reconvirtiera en cáscaras vacías de contenido? Brotaría un semillero de problemas de identidad, de dificultades en los servicios de los municipios más pequeños y surgirían reivindicaciones “identitarias” muy difíciles de encauzar . Les pongo un ejemplo: Castilla y León. Todo el mundo recuerda que cuando se constituyeron las Comunidades Autónomas hubo problemas con provincias como León con notable entidad histórica. ¿Qué ocurriría en Andalucía, por ejemplo con Granada o con Córdoba, si vieran que se suprimen su diputaciones provinciales?

Hay muchas provincias con entidad histórica que hoy son comunidades autónomas uniprovinciales (Asturias, Cantabria, Navarra…). Podemos imaginarnos qué ocurriría con aquellas provincias que teniendo entidad histórica propia se vieron incorporadas a una Comunidad Autónoma en la que no ostentan la capitalidad, si se vieran de repente despojadas de su representación única institucional: la Diputación Provincial.

Por lo tanto, sobre este tipo de asuntos, aconsejo al candidato del Partido Socialista y a los que están opinando que lo hagan con un poco más de prudencia y de rigor. Que no olviden que la Constitución española y, por lo tanto, nuestro sistema político es el que es; que para establecer determinados cambios en la organización territorial del poder hay que reformar la Constitución; que las diputaciones, cabildos y consejos insulares y los ayuntamientos no sólo son administraciones públicas sino también representan identidades, son Instituciones representativas. Y no se olviden que tienen acceso directo al Tribunal Constitucional en defensa de su existencia, autonomía y competencias.

Y que no olviden que las competencias de las Entidades Locales son el fruto de un poder legislativo muy complejo, tan complejo como la distribución de competencias legislativas entre las Cortes Generales y los Parlamentos Autonómicos. Intentar volver a definir todas las competencias (de Diputaciones, Cabildos o Ayuntamientos) en un solo código es una tarea constitucionalmente delicada, legislativamente compleja y técnicamente inabarcable.

Por lo tanto, recorte de gasto sí. Recorte del gasto del aparato político desde luego. Pero hay que hacerlo en todos los niveles de la organización estatal y para hacerlo no hace falta ni suprimir diputaciones, ni cabildos. Sólo hace falta que el Estado ejerza sus competencias de dirección política del país, en el ámbito económico y presupuestario. Igual que lo hace habitualmente en tantos aspectos macroéconomicos.

Termino, con otro ejemplo. Supóngase que hay una norma estatal que dice que los políticos que pueden estar cobrando del presupuesto municipal, asesores y personal de confianza incluidos, solo pueden ser una fracción de los que componen el Pleno de un ayuntamiento o de un Cabildo. De la misma forma, que la legislación estatal sobre Régimen Local establece que la Junta de Gobierno sólo puede estar formada por la tercera parte de los miembros de la Corporación Local.

Pero ese mismo criterio restrictivo habrá que adoptarlo con respecto a los cargos políticos de las Comunidades Autónomas y del Gobierno y la Administración del Estado.

No se olvide, por último, que en la estructura del poder político real de España, y en la estructura de los Partidos (muy en especial, en el PP) el escalón provincial es muy importante en muchas regiones. Y se expresa a través de las diputaciones. Desmontarlo “por Decreto” desencadenaría respuestas fulminantes enmascaradas en todo tipo de agravios y relatos de mitología provincial, literatura en la que los barones territoriales de todo pelaje llevan el grado de excelencia en el ADN.

Cuando se hacen propuestas sin tener en cuenta, primero, como es nuestro ordenamiento jurídico y, segundo, cuando se toman decisiones sin tomar en cuenta nuestra realidad política, mal asunto.

miércoles, 17 de agosto de 2011

LA CANDELARIA Y LA FINANCIACIÓN AUTONÓMICA

Estoy completamente seguro que Paulino les consultó. Me refiero a Paco Spínola y a Julio Cruz, antes de proclamar en Candelaria -en esa especie de mensaje de la Corona, que los presidentes se han acostumbrado a dirigirnos el día de la Patrona de Canarias- que lo que conviene al Archipiélago es un sistema de financiación bilateral singularizado, ya que “no tenemos nada absolutamente que ver con otras regiones españolas”. Vale.

Nada de esto dice el acuerdo programático entre José Miguel Pérez (es un decir) y Paulino Rivero. Lo que sí dice es que quedarán supeditadas a acuerdo en el seno del Gobierno las estrategias concernientes a las relaciones Canarias-Estado (punto 9 a, pág.4).

Al menos en algún discreto bisbiseo durante la celebración litúrgica les habrá adelantado lo que iba a anunciar a continuación, para ir completando el vademécum que Coalición Canaria les impone a sus rozagantes nuevos aliados como discurso oficial del Gobierno.

Me gustaría que alguien me explicara por qué conviene a Canarias, que ha venido siendo beneficiaria neta de mecanismos de solidaridad del Sistema de Financiación Común y disfruta, además, de un Régimen Económico y Fiscal propio a cuyo cobijo, por ejemplo, no se aplica el IVA y los impuestos indirectos que pagamos los canarios se destinan exclusivamente a las Administraciones Canarias, -sin que ello sea óbice para que nos beneficiemos en pie de igualdad con las demás regiones de Fondos estatales que, como el de Cooperación Local, al que el propio Paulino no sé si en un alarde de desparpajo o de ignorancia se refiere en su alocución agosteña, se financian fundamentalmente con impuestos indirectos que pagan los contribuyentes de otras regiones con - las-que-no-tenemos-absolutamente-nada-que-ver- ….! déjenme coger resuello!..., digo por qué conviene a Canarias salirse de su actual statu quo cuando, para más inri, nuestra renta per cápita no hace sino alejarse de la media estatal.

Porque un sistema bilateral conviene, por principio, a aquellas Comunidades Autónomas que están en los puestos de cabeza en renta per cápita y a las que el sistema de financiación común convierte en contribuyentes netas a la solidaridad interterritorial. Con un sistema bilateral podrían reducir su aportación a la solidaridad o, como dice Durán i Lleida, no seguir siendo siempre (los catalanes) los que paguemos la solidaridad.

Que si reformar el Estatuto para tener más competencias, pero sin reforma del sistema electoral… que si controles poblacionales y el trabajo para los canarios, porque (chsss, no se lo digan a nadie!!!) el Estado y los inmigrantes tiene la culpa de todos nuestros males…

Por eso estoy convencido de que antes de desempolvar para ocasión tan señalada la viejo melopea coalicionera del sistema de financiación bilateral y, sobre todo, antes de contarnos que “el Archipiélago lleva mucho tiempo andando hacia la recuperación económica” (aunque tengamos un 30% de paro, porque ni éste ni anteriores gobiernos de CC tienen nada que ver con eso, mucho cuidado con eso), Paulino les pasó el discursito a Paco Spínola y a Julio Cruz solicitando venia para darlo a conocer. Y se la dieron. Porque este es un único Gobierno en el que Coalición Canaria tiene el poder y pone el discurso.

miércoles, 3 de agosto de 2011

Las contrapartidas de ZP a CC

El concejal de la coalición Por Tenerife (XTF) -que engloba a Izquierda Unida, Los Verdes y Socialistas por Tenerife- en La Laguna Santiago Pérez asegura que Coalición Canaria (CC) exigió al Gobierno de España “sujetar a los socialistas canarios como comparsa”.

Según ha declarado Pérez, preguntado por el adelanto electoral, “ahora que oigo decir a Paulino Rivero que parece una buena decisión, uno comprueba que las contrapartidas que supuestamente exigió CC para apoyar al Gobierno de España no eran las que habían dicho”.

Entre éstas estarían tanto una posición más dócil de los socialistas canarios como “llevar adelante la reforma del Estatuto de Autonomía sin sistema electoral”. Pérez ve que, ahora que se disuelven las cortes y el Gobierno de España no ha podido cumplir los principales compromisos que adquirió, “a CC le da lo mismo porque los compromisos reales sí que los cumplió”.

Así, los nacionalistas habrían logrado “sujetar al PSC y convertirlos en una comparsa del Gobierno en la que la composición y el programa los dicta CC”. Éste es, según el edil lagunero, uno de los efectos de esta convocatoria, que “impide una maniobra muy bien pensada de CC que se aprovecha, como en otras tantas ocasiones, de lo que ha sido debilidad del gobierno socialista e instrumentalización por parte del PSOE de su representación en Canarias”.

Esta reforma “a toda velocidad” del Estatuto de Autonomía se habría producido, según Santiago Pérez, “bajo la divisa de CC: más competencias”. “CC siempre tiene una excusa para no dar balance de su larguísima y negativa gestión al frente del Gobierno de Canarias”, incidió.

Santiago Pérez critica que CC acusa a que “vienen los inmigrantes que nos impiden alcanzar los objetivos de empleo y de calidad de los servicios públicos esenciales o que no tenemos competencias para hacer bien las cosas, peron nunca reconoceránes que lo hemos hecho mal”.

El que fuera diputado en el Parlamento de Canarias y senador durante su prolongada militancia en el PSC considera que “lo prioritario para Canarias no son más competencias, sino más democracia”. Más democracia, para Pérez, es “cambiar la ley electoral y hacerlo como condición para reformar el Estatuto de Autonomía”.

El diputado recuerda cómo el actual sistema electoral “no se aprobó aquí, sino en las Cortes Generales en 1982 y en 1996”. Entonces, “aprovecharon los representantes de CC, recién creada, la debilidad del primer gobierno Aznar para imponer un sistema electoral profundamente antidemocrático”.

La hoja de ruta es que, ahora, “querían aprovechar la debilidad del gobierno socialista para blindar ese sistema para siempre, reformando el Estatuto sin reformar el sistema electoral”. “Esto ha fracasado, afortunadamente, porque lo tenían muy bien medido”, celebra Pérez.